El gobierno bonaerense aprobó hoy el protocolo Covid-19 para la Industria Aseguradora, que será de implementación obligatoria para los empleadores y trabajadores de la actividad en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires.
Lo hizo a través de la resolución 239 del Ministerio de Trabajo, publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito.
El protocolo establece las tareas a desarrollar en las oficinas de las compañías aseguradoras, limitando a una atención al público con turno previo y siempre que sea estrictamente necesario, al personal para tasaciones, peritajes, liquidaciones de siniestros, inspección de riesgos, personal de gerencia o nivel de decisión que requieran necesariamente gestión presencial y recursos humanos mínimos para llevar adelante las tareas indispensables.
Asimismo dispone la modalidad de trabajo de los productores asesores de seguros, asesores en capitalización y ahorro, y brokers, con matrícula vigente, así como previsones para la actividad desarrollada fuera de las oficinas (preventores, verificadores de siniestros).
Se excluye de realizar tareas a los mayores de 60 años; trabajadoras con embarazo en curso; quienes hayan ingresado al país proveniente del exterior en los últimos 14 días o hayan tenido síntomas compatibles con el virus en los últimos 14 días; quienes posean las enfermedades preexistentes de riesgo determinadas por la autoridad pública.
El protocolo contempla también la comunicación a los trabajadores en cuanto a recomendaciones y medidas de prevención en los ámbitos laborales, desplazamiento hacia y desde su trabajo, utilización de elementos de protección personal y correcta colocación y retiro de protector respiratorio.
En el protocolo, la industria aseguradora se compromete «a fomentar y mantener lo máximo posible el trabajo remoto en esta coyuntura, para preservar la salud de sus empleados, sus clientes y la sociedad en general».
Además, determina las pautas a adoptar ante la presencia de trabajadores con síntomas compatibles con la enfermedad provocada por el Covid-19 y dispone la obligación de las empresas de informar a la representación gremial la cantidad de integrantes de los equipos rotativos que desarrollarán tareas en las distintas áreas, así como de dar a conocer a los representantes de los trabajadores las medidas de prevención e higiene y seguridad implementadas.
Establece que se llevarán a cabo gestiones ante los municipios, reparticiones públicas, fuerzas de
seguridad pública, defensa civil y quien corresponda para velar por el distanciamiento interpersonal, la seguridad edilicia y de las personas.