El proyecto que limita la responsabilidad de los proveedores de servicios de Internet acerca de los contenidos publicados por terceros está a punto de ser tratado por la Cámara de Diputados y convertirse en la primera ley argentina que regula a quienes facilitan el acceso, almacenamiento, publicación e indexación de datos en la red.
El viernes de la semana anterior, cuando se conoció que las comisiones de Diputados habían aprobado el dictamen para que el proyecto sea tratado en el recinto, las reacciones de apoyo de la industria de internet se contrapusieron a las expresiones de los productores de contenido, que temen un «grave perjuicio» contra sus productos.
Este proyecto viene a dar respuesta al debate respecto de la responsabilidad de las empresas -los buscadores como Google, las telefónicas y las redes sociales como Facebook- sobre el control de aquello que se publica, sea que el contenido afecte la intimidad de las personas o viole derechos de autor.
Con media sanción del Senado en 2016, la iniciativa ahora con dictamen favorable en Diputados es resultado de la fusión de los proyectos originalmente presentados por los senadores Liliana Fellner (PJ) y Federico Pinedo (Cambiemos) y tiene por «objeto regular la responsabilidad de los ISP a efectos de garantizar la libertad de expresión preservando los derechos al honor, a la intimidad y a la imagen de las personas».
La iniciativa viene a «cubrir un vacío legal» en el que «se deben compatibilizar los derechos al acceso a la información y a la libertad de expresión», opinó el diputado Juan Brugge en declaraciones al sitio web de Diputados.
«Los ISP no serán responsables por los contenidos generados por terceros, excepto cuando, habiendo sido debidamente notificados de una orden judicial de remoción o bloqueo», explica el articulado del proyecto.
Señala que, para ello, «toda persona podrá promover una acción de amparo ante el juez federal con competencia en su domicilio».
Este punto tiene antecedentes destacados, en especial un dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que a mediados de 2014 reconoció el llamado «derecho al olvido».
En este sentido, el tribunal comunitario estableció que los buscadores de internet deben eliminar de sus listas de resultados los enlaces que llevan a información publicada por terceros cada vez que una persona se los solicite.
A diferencia de lo que propone la futura legislación argentina, el fallo europeo definió que los buscadores web no sólo son un mero intermediario, sino que además no tienen la obligación general de monitorear los contenidos que se suben a la red.
La aplicación no fue sencilla: tan sólo unos meses después, hacia fines de 2014, Google dijo haber recibido más de 188.000 solicitudes de ciudadanos europeos para eliminar links de sus resultados de búsqueda.
Este año el tribunal de la Unión Europea recibió una nuevo caso, en el que Google se enfrentó con la Comisión Nacional de Informática y Libertad de Francia por no eliminar contenidos almacenados fuera de las fronteras del continente. Para el gigante de Internet, la eliminación de los datos en cuestión no deberían ir más allá de Europa ni interferir con otros países donde las leyes al respecto son distintas.
En la Argentina, una ley de este tipo era reclamada especialmente por la Cámara Argentina de Internet (Cabase): «Nosotros somos la industria. Para que la industria se quede en Argentina, necesitamos que haya leyes que la promuevan y que no nos haga responsables de lo que no podemos ser responsables», había sostenido en mayo el presidente de la entidad, Ariel Graizer.
En cambio, para los productores de contenido el proyecto «causará un grave daño a los titulares de derechos, que se verán desprotegidos ante las violaciones que se produzcan» respecto de la reproducción no autorizada en Internet de sus creaciones.
La Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas entiende que el tratamiento y posible sanción de esta norma se ha dado sin que se haya abierto «el debate ni se ha dado una discusión real» sobre la responsabilidad de los proveedores de servicios de internet,
También hubo rechazo por parte de la Cámara Argentina del Libro, que en un comunicado alertó sobre el «grave perjuicio» contra el sector editorial.
«De aprobarse para solicitar la baja de cualquier contenido digital pirata, el titular de derechos debería iniciar una acción legal para que un juez notifique al proveedor de internet y disponga la baja del contenido en infracción», afirmó.