Referentes del oficialismo de la Cámara de Diputados aguardaban que el Senado enviara el proyecto de Ley de Responsabilidad Penal Empresaria que aprobó el miércoles pasado, para iniciar el debate en un plenario de comisiones.
Los titulares de las comisiones de Legislación Penal, Gabriela Burgos (UCR), y de Legislación General, Daniel Lipovetzki (PRO), tenían pensado convocar para hoy a las 16 a un plenario para abordar el tratamiento del proyecto que fue devuelto con modificaciones por la Cámara alta.
Pero como el texto aún no fue remitido por la secretaria parlamentaria del Senado, los presidentes de las comisiones no pudieron realizar la convocatoria formal.
Desde Cambiemos buscaban emitir hoy el dictamen porque prevén que en las próximas dos semanas la asistencia de los legisladores en Buenos Aires será baja, por tratarse de la última etapa de la campaña electoral.
Así, descontando que los miércoles 11 y 18 no habrá sesiones, los diputados oficialistas querían dejar el proyecto dictaminado y en condiciones de ser tratado en la sesión del miércoles 25, tres días después de las elecciones, cuando se retomaría la actividad parlamentaria.
Para ello confían en que el pase del proyecto por comisiones no sufra mayores cuestionamientos, teniendo en cuenta que en el Senado obtuvo 65 votos a favor y ninguno en contra, sobre 72 integrantes.
Los diputados de los diferentes bloques ya anticiparon que aceptarán los cambios introducidos por la Cámara alta, entre ellos la eliminación de la imprescriptibilidad de los delitos, que quedó fijada en seis años, y la acotación de las multas al daño producido.
No obstante, en el Senado se mantuvo la negativa a sancionar con retroactividad los casos de corrupción, que el oficialismo pretendía incluir para abordar los casos derivados del escándalo de la empresa brasileña Odebrecht.
La iniciativa incluye los delitos de cohecho y tráfico de influencias; negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas; enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados; y balances e informes falsos agregados, como pasibles de sanción a personas jurídicas privadas, ya sean de capital nacional o extranjero, con o sin participación estatal.
Las empresas serán responsables por los delitos que fueran realizados directa o indirectamente con su intervención o en su nombre, interés o beneficio.
Este punto incluye a quienes hubieran actuado en beneficio o interés de la persona jurídica, aún cuando fuesen terceros desvinculados pero que hayan beneficiado a las empresas con su actuación dolosa.
En tales casos las empresas quedarán exentas de responsabilidad sólo si el individuo que cometió el delito hubiera actuado en su beneficio y sin generar provecho alguno para la persona jurídica.
Si la compañía cambiara de nombre, mediante fusiones, transformaciones o modificaciones de su composición societaria, la responsabilidad penal subsiste, según el texto del proyecto.
La actuación judicial se extinguirá con la reparación del daño causado y la eventual extinción de la sanción penal para las personas humanas autoras del delito (por fallecimiento, por ejemplo) no afectará la vigencia de la acción penal contra las empresas.
Además, podrá ser condenada la persona jurídica aún cuando no haya sido posible identificar y juzgar a la persona humana que hubiera intervenido en el delito.
La multa para la compañía se establece en 2 a 5 veces el valor de la ganancia que se logre a partir de su conducta delictiva.