El proyecto de ley que busca sancionar con multas de hasta 20.000 pesos el acoso sexual callejero fue devuelto hoy a comisiones ante la falta de acuerdo en el texto definitivo, que a pesar de las dudas que generaba fue incluido en el temario de la sesión.
El texto incorporaba al Código Penal el artículo 129 bis y en la definición de acoso callejero gestos, expresiones verbales, el “contacto físico indebido” o “arrinconamiento” con connotación sexual que “perturbe en lugares públicos la dignidad, libertad, integridad física, psicológica o sexual, o el libre tránsito” de la persona.
Mientras exponían algunos de los diputados que trabajaron en el tema la titular de la Comisión de Legislación Penal, Gabriela Burgos (UCR), señaló que otros legisladores le habían manifestado reparos por tratarse de “un tipo penal muy abierto y de difícil prueba”, que además en muchos distritos está caracterizado como una «contravención».
“Como queremos que esto salga, me comprometo a trabajarlo con todos los aportes que recibí para que en la próxima sesión lo aprobemos”, dijo Burgos y aclaró que «no significa dar un paso atrás en la lucha contra este tipo de conductas».
El proyecto que hoy llegó al recinto establece que las multas para el acoso callejero irán desde los 3.000 hasta los 20.000 pesos y, en caso de que las víctimas sean menores de 18 años o el autor del acoso sea un funcionario público o miembro de una fuerza de seguridad policial o penitenciaria, serán de entre 5.000 y 30.000 pesos.