La defensa de Milagro Sala presentó hoy un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, contra la resolución de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) que confirmó la condena a tres años de prisión en suspenso para la dirigente, por «daño agravado» a raíz de un escrache al actual gobernador jujeño, Gerardo Morales, en 2009.
Sobre la resolución, dictada el 22 de junio pasado y en la que la Cámara también revocó el sobreseimiento de Sala por el delito de amenazas al disponer dictar nueva sentencia, la defensa de aseguró que es “arbitraria y se opone a cláusulas constitucionales”, según un comunicado de prensa difundido hoy.
La decisión de la sala IV del máximo tribunal penal del país, en un fallo unánime, confirmó la sentencia dictada el 3 de febrero pasado por el Tribunal Oral Federal de Jujuy, que condenó a Sala y al María Graciela López a tres años de prisión en suspenso como instigadora y coautora, respectivamente, de «daño agravado».
En el fallo, de 90 carillas firmado por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani, los camaristas concluyeron que «la cuestión que dirime el caso, se edifica en la manera ilegal en la que se desarrolló el escrache” el cual se caracterizó “con los alcances de la condena que se examina, en la violencia en las cosas con producción de daños. A ello, se agrega que no se trató de hechos espontáneos sino planteados y organizados».
Respecto del delito de amenazas, declarado extinguido por prescripción, Casación indicó que “no constituye la aplicación razonada del derecho con aplicación a las constancias constatadas en la causa. Por ende, corresponde su descalificación como acto jurisdiccional válido».
La defensa de Sala planteó ante la Corte Suprema que la Sala IV de Casación Penal «calificó el delito de amenazas por el que habían sido juzgadas Milagro Sala y Graciela López como ‘coactivas’, cuando durante todo el proceso, incluso la parte acusadora, las había calificado como ‘simples'», por lo que «con ese argumento, revocó la prescripción del delito”.
En segundo término, señaló que “la CFCP rechazó los planteos de la defensa con fundamentaciones aparentes o a través de la omisión de su tratamiento, y siempre optó por la alternativa fáctica más perjudicial para Milagro Sala. Vulneró de esa manera el principio de inocencia que corresponde a todo ciudadano”.
Por último, planteó que la Cámara “convalidó la valoración de una prueba producida durante la instrucción que no fue incorporada al debate por los medios legalmente establecidos. De esa manera, la resolución impugnada vulneró el debido proceso legal y el derecho de defensa en juicio de la diputada del Parlasur».
Sala fue juzgada y condenada por un escrache con huevazos realizado el 16 de octubre de 2009 en el edificio del Consejo de Ciencias Económicas de San Salvador de Jujuy, durante una conferencia en la que participaban Morales, en esa época senador nacional, el entonces presidente de la Auditoría General de la Nación Leandro Despouy y un auditor de ese organismo, Alejandro Nieva.
La dirigente se encuentra detenida desde el 16 de enero de 2016 con prisión preventiva en otras causas en Jujuy, en las que se la acusa de extorsión, fraude a la administración pública y asociación ilícita.