El gobierno bonaerense prohibió hoy en las farmacias de la provincia de Buenos Aires la venta de los productos con distintas denominaciones o marcas comerciales para uso diagnóstico como “Pruebas rápidas de Antígeno Covid-19 o test inmunocromatográficos para antígenos de SARS-CoV-2 en secreciones nasales y de garganta.
Lo hizo a través de la resolución 1533 publicada en el Boletín Oficial del distrito, donde se dejó establecido que «los test para COVID-19 son de uso profesional exclusivo excluyente, y deben realizarse en laboratorios de análisis clínicos habilitados por la autoridad de aplicación».
La medida, que contempla sanciones en caso de incumplimientos, tendrá vigencia mientras perdure la declaración del estado de emergencia sanitaria en el ámbito de toda la provincia a tenor de la enfermedad por el nuevo coronavirus.
En los considerandos de la disposición se recordó que «todos los test para COVID-19 que se encuentran actualmente disponibles son de uso profesional exclusivo y deben realizarse en condiciones e instalaciones adecuadas, por ello son de venta exclusiva a laboratorios de análisis clínicos”.
Se apuntó, además, «que está claramente normado en los procedimientos sanitarios COVID19, que cualquier resultado debe estar cargado en el SISA (Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentina) por un profesional inscripto que sea titular de un laboratorio habilitado por la autoridad competente según la jurisdicción».
«En esa línea, unos de los objetivos del SISA es crear la Ficha Única del ciudadano como eje central para el registro de la información sanitaria, que evidentemente podría violarse si e comprador del producto realiza por sí mismo la prueba», se señaló.
Luego se agregó que «corresponde a esta cartera Sanitaria intervenir en la producción de información, y la vigilancia epidemiológica para la planificación estratégica y toma de decisiones en salud».