La Ley 27.412, que establece la paridad de género en ámbitos de representación política y que comenzará a regir en las elecciones del 2019 para cargos legislativos nacionales, fue promulgada hoy, con su publicación en el Boletín Oficial.
La norma, sancionada por el Congreso Nacional el pasado 23 de noviembre, quedó oficializada con la firma de la vicepresidenta Gabriela Michetti y del presidente de la Cámara de Diputados, Emilio Monzó.
El proyecto había sido aprobado en octubre de 2016 por el Senado, casi al mismo tiempo que Diputados enviaba la media sanción de la reforma electoral, que contemplaba la aplicación de la boleta electrónica.
La Ley de Paridad de Género introduce el artículo 60 bis en el Código Nacional Electoral y fija la obligatoriedad de intercalar candidatos de ambos sexos en las listas de legisladores nacionales.
El proyecto también incorpora la igualdad de género a nivel partidario, aunque en este caso no será obligatorio intercalar postulantes, sino que las listas deberán completarse con un 50 por cincuenta por ciento de representantes de cada sexo.