El gobierno de la provincia de Buenos Aires promulgó hoy una ley que garantiza en los hoteles, hospedajes, albergues o alojamientos turísticos las condiciones de accesibilidad al uso para personas con movilidad reducida que utilizan silla de ruedas.
La norma 15.018 sancionada por la Legislatura en diciembre y publicada hoy en el Boletín Oficial mediante el Decreto 32 además que esos establecimientos mencionados deberán contar con un número de plazas adaptadas para personas con movilidad reducida en una proporción no inferior a una cada 20 habitaciones.
La iniciativa, de la diputada de Cambiemos Sandra Paris prevé también que los hoteles que cuenten con estacionamiento de vehículos, deberán reservar y señalizar espacios para personas con movilidad reducida en proporción no inferior a una cada 10 lugares.
«En las publicidades que se hagan de los establecimientos señalados, cualquiera sea el medio empleado, deberá indicarse mediante un símbolo indicativo, que el mismo se encuentra adaptado y es accesible para personas en sillas de ruedas», plantea la norma.
Entre los fundamentos de la propuesta se explica que ello tiene el propósito «de evitar el tortuoso camino de acudir a miles de llamados telefónicos o visitas in situ a fin de constatar que el establecimiento hotelero, alojamiento o albergue se encuentra en condiciones para alojar a una persona en silla de ruedas o con movilidad reducida».
La gobernadora observó el artículo 6° de la Ley que determinaba que «la reglamentación podrá establecer promociones impositivas parciales para quienes superen los cupos previstos en los artículos 1 y 2 de la presente».