La Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires buscará aprobar el jueves el proyecto de ley que envió la gobernadora María Eugenia Vidal, conocido como «ley de góndolas», que pretende garantizar una mayor presencia de productos de pequeñas y medianas empresas en los supermercados e hipermercados de la provincia.
Fuentes del oficialismo precisaron que «existe acuerdo con los bloques opositores» para que la propuesta se apruebe el jueves y luego pase a la Cámara de Diputados para su sanción.
La iniciativa busca regular «las buenas prácticas con proveedores» y alcanza a mayoristas, grandes superficies comerciales y cadenas de distribución, que deberán contar en sus góndolas con productos de no menos de cuatro proveedores distintos por artículo.
Pretende también «evitar el desequilibrio en las relaciones comerciales entre las grandes empresas supermercadistas y sus proveedores, que genera una serie de consecuencias con impacto desfavorable tanto para los consumidores como para los proveedores, especialmente las pequeñas y medianas empresas».
Con esa propuesta , Vidal pretende «promover la competencia, la oferta de los productos de primera necesidad, la concurrencia de proveedores y la transparencia en beneficio de los consumidores, evitar prácticas comerciales abusivas y procurar la inclusión de las pequeñas y medianas empresas como proveedores de los grandes supermercados».
El artículo 3 del proyecto dispone que «esta ley será aplicable exclusivamente respecto de alimentos, bebidas, productos de higiene personal y artículos de limpieza del hogar».
El Código de Buenas Prácticas entre los supermercadistas y sus proveedores deberá procurar «la inclusión de pequeñas y medianas empresas entre sus proveedores habituales, a los que deberá reservar no menos que el 10% del espacio en góndola».
Los supermercados mayoristas deberán cuidar que «el espacio ocupado por productos de una misma marca, proveedor o grupo económico de empresas, no supere el treinta por ciento (30%) del espacio de cada góndola, dentro de la misma categoría de producto».
Aquellos que infrinjan esta ley sufrirán multas de entre $10 mil a $50 millones, según establece el artículo 12 que modifica la Ley de Defensa del Consumidor.