La asociación civil Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis) presentó hoy ante la Justicia un recurso de amparo para postergar hasta mayo el aumento en la tarifa de gas que rige desde el 1° de abril por considerar que se trata de una “suba inconstitucional”.
Se trata de la misma organización no gubernamental que en 2016 demandó al Estado bajo el argumento de que el incremento de tarifas no era razonable y violaba la obligación de realizar previamente audiencias públicas, tras lo cual la Corte Suprema terminó dándole la razón.
El amparo contra el ministerio de Energía y Minería de la Nación y el Ente Nacional Regulador de la Energía (ENRE) presentado hoy recayó en el Juzgado Federal Nº 2 de La Plata a cargo del juez Adolfo Gabino Ziulu.
En la página de Facebook de la entidad justificaron que la medida se basa en que desde el Gobierno “anticiparon un mes la aplicación del aumento del 40 por ciento en la tarifa de gas natural por redes: la normativa vigente establece que el nuevo cuadro tarifario recién se puede aplicar a partir del 1° de mayo de 2018. De modo tal que si se aplicara desde el 1° de abril afectaría los derechos constitucionales de los ciudadanos».
El titular del CEPIS, Mariano Lovelli, explicó que “en la presentación solicitamos que la Justicia ordene al ENARGAS que proceda a aplicar los nuevos cuadros tarifarios a partir del mes de mayo del corriente año, hasta tanto se dicte sentencia de fondo en los presentes obrados”.
Detalló que “pedimos que la Justicia dicte una medida cautelar respecto de los efectos de las Resoluciones 300 a 309/2018 atento a su manifiesta inconstitucionalidad».
“Las resoluciones del Enargas violan el derecho de propiedad de los ciudadanos -artículos 14 y 17 de la Constitución Nacional-, los intereses económicos de los usuarios -artículo 42 de la Constitución Nacional-; también atentan contra el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Pacto DESC)”, planteó.
Sin embargo, el aspecto central que la presentación denuncia es que «el Poder Ejecutivo mediante una simple nota que ni siquiera fue publicada en el Boletín pretende derogar el cronograma establecido en el marco regulatorio del Gas Natural, aprobado por el decreto 2255/92. Lo que va en contra del principio de legalidad y el de razonabilidad -garantizado por la Constitución y fallos de la Corte Suprema de Justicia».
«Las Resoluciones 300 a 309/18 emitidas por el ENARGAS afectan de manera actual los derechos de propiedad de la clase representada, violentando de manera directa el principio de razonabilidad e igualdad, todos derechos y garantías previstos en los arts. 14, 16, 18, 28 y 75 inc. 22 de nuestra Constitución Nacional”, manifiesta la presentación.