• El juzgado contencioso administrativo 1 de La Plata ordenó al gobierno bonaerense otorgar «licencia por maternidad» a una empleada pública que es madre no gestante y cuya pareja dará a luz en enero, informó hoy una fuente judicial.
    Se trata de Malena Díaz Reck, trabajadora desde hace 20 años de la Agencia Recaudadora de la provincia de Buenos Aires (ARBA) y a quien, ante el próximo nacimiento de su hija, se le quiso otorgar una «licencia por paternidad», de sólo 3 días, lo que la mujer vivió como un acto discriminatorio y así lo denunció.
    «Hace una semana pedimos una medida autosatisfactiva ante el Juzgado Contencioso Administrativo de La Plata ante el inminente nacimiento de mi hija y finalmente hoy salió el fallo que resuelve que me corresponde la licencia por maternidad de 90 días a partir del nacimiento», explicó a Télam Díaz Reck.
    La mujer, en pareja con Natalia, embarazada de 8 meses y medio, recordó que al dirigirse a su empleador para pedir el goce de una licencia por maternidad cuando naciera Brunna, ARBA elevó su pedido a Asesoría General de Gobierno bonaerense, donde le dijeron que «no le correspondía» una licencia por maternidad, ya que no era la gestante, sino que le correspondía la «licencia por paternidad», lo que motivó el planteo judicial de Díaz Beck.
    La mujer destacó que el fallo tuvo en cuenta el pronunciamiento a favor del Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de La Plata que presentó un amicus curiae en la causa a través del Programa de Diversidad Familiar.
    «El fallo exhorta a la Legislatura bonaerense a modificar la normativa de régimen de licencias del personal de la administración pública provinciaol para adecuarlo a que contemple las diversas conformaciones familiares», apuntó.
    Remarcó que el fallo reconoce «el modelo familiar patriarcal» implícito en la ley 10.430 de la Administración Pública provincial al considerar que «la mujer está destinada a cuidar y a criar los hijos, de ahí la licencia de 90 días por maternidad; mientras el hombre debe trabajar para proveer la manutención, y de allí que la licencia sea sólo de 3 días».
    «El fallo alude a que deben respetarse las leyes referidas a la identidad de género y el matrimonio igualitario», apuntó la mujer.