El gobierno bonaerense reglamentó la ley de Participación Política Equitativa entre Géneros y determinó que las listas de precandidatos para las PASO del 11 de agosto, y en la de candidatos de las elecciones generales del 27 de octubre, “se deberá respetar una equivalencia del 50% de género femenino y otro 50 % de género masculino”.
Según se publicó hoy en el Boletín Oficial provincial, el decreto de la gobernadora María Eugenia Vidal contempla que “en caso de listas cuyo número de precandidatos sea impar, la diferencia entre hombres y mujeres no podrá ser superior a uno”.
Además, se dispuso que las autoridades de las agrupaciones políticas con competencia electoral en las elecciones primarias y generales deberán notificar a los apoderados de las listas de precandidatos, al momento de la presentación de las mismas, esta obligación.
También se advirtie que la Junta Electoral de la Provincia no podrá oficializar ninguna lista que no cumpla con los requisitos establecidos.
En el decreto se recordó que la Ley de Paridad de Género se implementó parcialmente en el año 2017 porque no se respetó la alternancia y secuencialidad de candidatos mujeres y varones.