Una ley que establece la mediación a distancia, en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires, y que se aplicará en los conflictos cuyo objeto sea materia disponible por los particulares, fue promulgada hoy por el Poder Ejecutivo bonaerense.
La iniciativa, sancionada el 7 de agosto pasado y publicada hoy en el Boletín Oficial del distrito, fue presentada por el diputado Emiliano Balbín (Juntos por el Cambio) y prevé que la mediación se pueda realizar total o parcialmente a distancia.
Se trata de una modificación a la ley vigente, que data de 2009, y que dispuso la mediación obligatoria en todos los casos que no admitan excepción, pero las partes deben asistir personalmente a la audiencia, no pudiendo ser sustituidas por apoderados, salvo que su domicilio exceda los 150 kilómetros del asiento del mediador, como única excepción.
Al sancionarse la norma, el legislador expuso que la modificación pretende «no solo modernizar la ley vigente, sino además garantizar el acceso a justicia a una innumerable cantidad de ciudadanos que hoy encuentran vedado este derecho fundamental».
La iniciativa incorpora el artículo 15 bis a la actual Ley, que otorga la posibilidad al mediador y a las partes a celebrar una audiencia a través de canales y procedimientos electrónicos de comunicación, asegurando además la confidencialidad e identidad.
La mediación a distancia se aplicará en los conflictos cuyo objeto sea materia disponible por los particulares, permitiendo acceder a la resolución de estos, o que se habilite la vía judicial para proseguirlos.