El Ministerio de Seguridad bonaerense estableció hoy que aquellos guardavidas que cuenten con libretas emitidas por el Registro Nacional de Guardavidas y que quieran ejercer su profesión en la provincia de Buenos Aires, deberán homologarlas ante la Comisión Provincial de Guardavidas.
Mediante la disposición 1 publicada en el Boletín del distrito, se detalló que «en todos los casos deberá constatarse que los requirentes no incumplen con los requisitos impuestos por la normativa provincial».
Se recordó en los fundamentos de la medida la del guardavidas es una actividad de riesgo, y que es la Comisión Provincial la que emite las libretas a aquellos profesionales que quieran ejercer la profesión en el ámbito de la provincia de Buenos Aires.
Por ello, quienes quieran ejercer la profesión en la provincia y cuyas libretas fueron confeccionadas u homologadas por el Registro Nacional de Guardavidas, deberán homologarlas por la Comisión Provincial de Guardavidas, «siendo indispensable que se presente el analítico y el programa, para verificar que el plan de estudios sea igual o mejor que el bonaerense».
La homologación realizada por la Comisión Provincial de Guardavidas, habilitará al alumno a desempeñarse en la provincia de Buenos Aires, «debiendo rendir las correspondientes pruebas de suficiencia en el distrito en que se desempeñe».
En otra disposición también publicada hoy se establecer que aquellos guardavidas que cuenten con libretas emitidas por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que quieran ejercer su profesión en territorio bonaerense, deberán homologar sus libretas ante la Comisión Provincial de Guardavidas.
«Se homologarán aquellas libretas que hayan entrado en vigencia hasta el año 2020 inclusive, no así, las posteriores a ese año que deberán pasar por el Registro Nacional de Guardavidas», se aclaró.