La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) podrá autorizar operaciones con tripulaciones y aeronaves extranjeras, según lo dispuesto por el Gobierno nacional en el decreto 844/2024, publicado hoy en el Boletín Oficial.
Con esta norma, el Poder Ejecutivo encomienda al organismo el otorgamiento de autorizaciones para que personal extranjero desempeñe funciones aeronáuticas en los servicios aerocomerciales, así como también para la utilización de aeronaves de matrícula extranjera a operar en nuestro país cuando una aerolínea lo requiera, agregó la Secretaría de Transporte a través de un comunicado.
La ANAC deberá reglamentar técnicamente los artículos 106 y 107 del Código Aeronáutico, con el fin de establecer los procedimientos adecuados para el otorgamiento de autorizaciones relativas al personal extranjero y a las aeronaves con matrícula extranjera que operen en el territorio nacional, con miras a fomentar las inversiones en la República Argentina y favorecer la conectividad federal.
Hasta el momento, sólo el Poder Ejecutivo Nacional podía autorizar un porcentaje de personal extranjero en los servicios aerocomerciales y la utilización de aeronaves de matrícula extranjera, pero con esta modificación es la ANAC quien podrá otorgar dichas autorizaciones.
Además, la autoridad aeronáutica deberá dictar la reglamentación técnica correspondiente para el otorgamiento de las mismas, conforme a los estándares internacionales y regionales.
La norma oficializada hoy se basa en el marco del «reordenamiento integral de la legislación aerocomercial, con el objetivo de agilizar las gestiones administrativas, promoviendo un mercado de entorno competitivo y flexible para que más personas puedan usar el transporte aéreo y así llegar a todas las ciudades argentinas», señaló el comunicado de Transporte.