El Poder Ejecutivo publicó el Decreto 61/2025, mediante el cual reglamenta el artículo 176 de la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, estableciendo que la asignación, reubicación o traslado de personas privadas de la libertad se determinará según el sexo registrado al momento del hecho por el cual fueron detenidas.
La normativa establece que no podrá disponerse el alojamiento en establecimientos penitenciarios para mujeres de personas que hayan rectificado su sexo registral cuando hayan cometido delitos contra la integridad sexual o crímenes violentos contra mujeres.
Además, faculta a la autoridad penitenciaria a rechazar traslados si considera que representan un riesgo para la seguridad de las internas.
«En los últimos años, se han constatado casos en los que una persona solicitó su reubicación penitenciaria por haber obtenido una rectificación registral de su sexo, cuyo otorgamiento facilitó la comisión de delitos contra las mujeres alojadas en el establecimiento penitenciario en el que fue reubicada», se graficó en los fundamentos de la medida.
Se planteó que ello «se agrava cuando la persona reubicada se encuentra privada de la libertad en virtud de una condena impuesta por la comisión de delitos contra la integridad sexual».
En ese marco, se graficó: «Se destaca un reciente caso ocurrido en la Provincia de Córdoba en el cual una persona, condenada por la comisión de un delito en el que había mediado violencia contra una mujer, realizó el trámite de rectificación registral de sexo y, en virtud de él, se le concedió una reubicación lo que derivó en la comisión de diversos abusos contra las internas que se alojaban en el establecimiento».
Según el texto, esta situación «desnaturaliza» el sistema y vulnera derechos de las mujeres privadas de la libertad.
Por otro lado, la norma instruye a los establecimientos penitenciarios a adoptar medidas para proteger la seguridad de personas en trámite o con cambio registral de género, siempre que no representen riesgos para otros internos.
Finalmente, el Ejecutivo invitó a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adherir a la reglamentación y estableció que la medida entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.