El Gobierno nacional resolvió dejar sin efecto el baremo que establecía los parámetros para determinar la invalidez laboral en el marco del otorgamiento de pensiones no contributivas.
La decisión se formalizó mediante la Resolución 1172/2025 de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), publicada este martes en el Boletín Oficial.
La normativa ahora derogada había sido aprobada a principios de este año bajo la Resolución 187/2025.
Según detallaron desde la ANDIS, en los meses posteriores a su entrada en vigencia “se identificaron observaciones y oportunidades de mejora en los criterios de evaluación”, especialmente en lo relativo a la incorporación de referencias a normativas internacionales vigentes en materia de derechos de las personas con discapacidad.
El director ejecutivo del organismo, Diego Orlando Spagnuolo, firmó la nueva resolución que instruye la elaboración de una propuesta superadora, con criterios técnicos y metodológicos actualizados para la evaluación de la invalidez laboral que habilita el acceso a estas prestaciones.
En ese marco, la Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas elaboró un informe donde recomendó avanzar en una revisión profunda del esquema anterior y propuso avanzar hacia un nuevo enfoque que contemple “las particularidades de cada caso, el respeto por los derechos adquiridos y la adecuación a estándares internacionales”.
Al momento de dictarse la resolución original, el Gobierno había señalado que los criterios incluían aportes de especialistas en medicina legal-laboral y de distintas disciplinas, con el objetivo de unificar criterios en todo el país respecto del acceso a pensiones no contributivas por invalidez.
El esquema anterior contemplaba cuatro posibles dictámenes médicos: “favorable” (cuando se acreditaba una incapacidad suficiente para acceder a la pensión), “evaluable” (cuando se requerían más estudios o interconsultas), “incapacidad baja” (cuando no se alcanzaba el umbral necesario para otorgar la prestación) y “sin incapacidad”, en casos donde se constataba la presencia de una patología sin impacto en la capacidad laboral.
El Gobierno dejó sin efecto el baremo para evaluar la invalidez laboral en pensiones no contributiva
