El Gobierno nacional oficializó este viernes una modificación en los requisitos de inscripción al Registro del Programa de Cannabis (Reprocann), con el objetivo de ampliar el acceso al uso terapéutico y promover el desarrollo de investigaciones científicas vinculadas al cannabis medicinal.
La medida se formalizó mediante la Resolución 1780/2025 del Ministerio de Salud, publicada en el Boletín Oficial, que dejó sin efecto la Resolución 3132/2024, normativa que había establecido restricciones que dificultaban el ingreso de nuevos actores al sistema.
Desde la cartera que encabeza Mario Lugones señalaron que la actualización normativa busca “corregir distorsiones generadas en la aplicación del régimen vigente”, en particular en torno al uso de la figura del “tercero solidario”, y avanzar en “un reordenamiento de las condiciones aplicables a los cultivos con fines medicinales y científicos”.
La nueva reglamentación establece dos grandes categorías para la inscripción: una orientada al cultivo con destino terapéutico y otra centrada en el desarrollo de proyectos de investigación. Dentro del primer grupo se contemplan las figuras de pacientes que autocultivan, familiares, terceros y organizaciones civiles con autorización.
En el segundo, se incluyen personas físicas o jurídicas vinculadas a iniciativas científicas amparadas por la Ley 27.350.
“El Estado tiene la responsabilidad de garantizar el acceso seguro, equitativo y no comercial al cannabis medicinal para quienes cuenten con prescripción médica, así como de ejercer un control riguroso sobre su utilización, dado que se trata de una sustancia con restricciones legales fuera de los usos expresamente habilitados”, establece la resolución ministerial.
Con la nueva normativa, podrán solicitar permiso para el cultivo de cannabis medicinal: pacientes con prescripción médica para el tratamiento con cannabis; autocultivadores que lo hagan para sí o representados por familiares cercanos o tutores legales; personas físicas autorizadas como terceros cultivadores, que podrán producir para sí y para un único paciente adicional, dentro de los límites establecidos para el cultivo personal y organizaciones de la sociedad civil y entidades jurídicas dedicadas a proyectos de investigación y desarrollo.
Desde el Ministerio de Salud destacaron que la reforma apunta a “reconocer la realidad actual del sistema y fortalecer los mecanismos de fiscalización sin afectar el acceso de quienes requieren este tratamiento”. Además, remarcaron la necesidad de impulsar el conocimiento científico en un área en expansión y con alto potencial sanitario.
