El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Industria y Comercio, oficializó la Resolución 377/2025, que convoca a empresas interesadas en solicitar cupos de importación de vehículos automotores para el período 2026 con una alícuota del 0% en el Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.), según lo establecido en el Decreto 49/2025.
La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial, fija un límite de 50.000 unidades que podrán importarse bajo este régimen especial hasta el 31 de enero de 2027. El cupo se dividirá en partes iguales: 25.000 vehículos para terminales automotrices radicadas en el país y 25.000 para empresas que no produzcan localmente, aunque se prevé la posibilidad de reasignar unidades entre ambas categorías en caso de remanentes.
El procedimiento de selección priorizará el menor precio de venta al público en dólares y la fecha de nacionalización más próxima, con el objetivo de garantizar una distribución equitativa y transparente. Las solicitudes deberán realizarse a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD) antes del 16 de octubre de 2025, completando los formularios y declaraciones exigidas por la Resolución 29/2025.
Asimismo, la Secretaría dispuso una subconvocatoria adicional para 2025 destinada a reasignar los cupos no utilizados durante el año en curso. Esa redistribución se efectuará según el mismo criterio de prelación y deberá concretarse antes del 31 de enero de 2026, fecha límite para el ingreso de las unidades.
La resolución también actualiza las condiciones de ingreso y prórroga de las importaciones beneficiadas por el régimen, permitiendo extender plazos en casos debidamente justificados —como demoras logísticas o de producción—, siempre que no se modifique el criterio de selección aplicado en cada convocatoria.
El texto, firmado por el secretario de Coordinación de Producción, Pablo Agustín Lavigne, en ejercicio de las competencias de la Secretaría de Industria y Comercio, establece que las empresas deberán cumplir con todas las normas vigentes en materia de seguridad vehicular y defensa del consumidor, conforme a las leyes 24.240 y 24.449.
La resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.