La Dirección Nacional de Migraciones (DNM) ofrece un trámite que permite a los padres autorizar a sus hijos menores de 18 años a viajar al exterior sin ambos progenitores, a un costo de entre $10.000 y $30.000 según la modalidad elegida. El permiso queda registrado electrónicamente en el Sistema Integral de Captura Migratoria (S.I.Ca.M.), lo que evita que la familia deba llevar el documento en papel el día del viaje.
El trámite está disponible en más de 100 dependencias del organismo en todo el país -incluyendo delegaciones, oficinas migratorias y pasos fronterizos- y resulta significativamente más económico que la alternativa ante escribano público.
Una de las principales ventajas del sistema es que la autorización puede extenderse hasta que el menor alcance la mayoría de edad, con lo cual los padres quedan cubiertos para todos los viajes futuros sin necesidad de renovar el trámite. Además, puede revocarse en cualquier momento por cualquiera de los progenitores.
El permiso es obligatorio cuando el menor viaja solo, acompañado por uno solo de sus padres o junto a terceros. Si ambos progenitores viajan juntos con el hijo, alcanza con acreditar el vínculo mediante partida de nacimiento o libreta de familia.
Tres modalidades según la urgencia
El organismo ofrece tres modalidades de tramitación. La Normal, con un costo de $10.000, insume 10 días hábiles y puede realizarse en la Sede Central o en cualquier delegación del país. La Express, a $20.000, se obtiene en 48 horas hábiles. Y la modalidad Al Instante, a $30.000, entrega el permiso en un máximo de dos horas y puede gestionarse en Sede Central, delegaciones y pasos fronterizos.
Para iniciar el trámite, los padres deben concurrir personalmente con el DNI de ambos progenitores y del menor, y la partida de nacimiento o libreta de familia que acredite el vínculo. El turno puede solicitarse a través del sitio oficial migraciones.gob.ar.
Desde junio de 2025, además, existe la posibilidad de registrar la autorización directamente al tramitar el pasaporte del menor, sin necesidad de escribano ni pasos adicionales, en el marco de la Disposición 373/2025 del RENAPER. El nuevo mecanismo se suma a los ya existentes y todas las autorizaciones expedidas con anterioridad siguen vigentes.