Bajada: La Resolución 133/2026 fijó en casi $1,9 millones el tope de las sanciones para quienes no entreguen en término, falseen u omitan datos para el Sistema Estadístico Nacional. El mínimo subió 16,55% respecto de marzo.
El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) actualizó los montos de las multas que aplica a quienes incumplen con la entrega de información para las estadísticas y los censos oficiales. La medida se oficializó a través de la Resolución 133/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial y firmada por el director del organismo, Pedro Ignacio Lines.
Según la Ley 17.622, que creó el INDEC como organismo rector del Sistema Estadístico Nacional (SEN), incurre en infracción y es pasible de multa quien no suministre en término, falsee o produzca con omisión maliciosa la información necesaria para las estadísticas y los censos a cargo del organismo. La misma ley establece que los montos mínimos y máximos de esas multas se reajustan semestralmente, cada 1° de enero y 1° de julio, según la variación del nivel general de precios mayoristas.
Con la actualización, el monto mínimo de las multas quedó fijado en 19.397,92 pesos y el máximo, en 1.924.720,29 pesos. La resolución también actualizó, a 39.454,30 pesos, la suma a partir de la cual las multas dejan de poder apelarse, un límite que establece el Decreto 3110 de 1970, reglamentario de la ley.
Los nuevos valores implican una suba del 16,55% respecto de los que regían desde marzo, cuando el mínimo estaba fijado en 16.639,92 pesos por la Resolución 14/2026 del propio organismo, que ahora quedó derogada. Los montos surgieron de un informe de la Dirección Nacional de Estadísticas de Precios del INDEC, que calculó las variaciones registradas entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2026 según el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM).