La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, uso, comercialización, distribución y publicidad de todos los lotes del producto “Agua Lavandina, marca 656 Profesional”, en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica, hasta tanto cuente con los registros sanitarios correspondientes.

La medida quedó formalizada a través de la Disposición 6539/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial con la firma del administrador nacional, Luis Eduardo Fontana.

Según los considerandos, el caso se inició a partir de la consulta de un particular ante el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal del organismo, que tenía dudas sobre la legitimidad del producto. El envase lo presentaba como “Agua Lavandina 656 Profesional. Concentrada al 60%”.

Tras la verificación, se constató que la lavandina no estaba inscripta ante la ANMAT y que no era posible identificar a un establecimiento responsable de su elaboración. El organismo envió una notificación por correo postal a la firma que sería responsable, al domicilio que figuraba en sus redes sociales, pero no obtuvo respuesta. A su vez, la autoridad sanitaria de la provincia de Buenos Aires informó que tampoco existía registro alguno del producto en su jurisdicción.

La disposición señala que la prohibición busca proteger a eventuales compradores y usuarios de un producto cuyas condiciones de fabricación se desconocen, ya que tanto los establecimientos como los productos domisanitarios deben contar con habilitación y registro para poder ser comercializados. Además, se dio intervención al programa de monitoreo de publicidad del organismo respecto de los sitios en los que se promocionaba y vendía la lavandina.

La medida será comunicada a las autoridades sanitarias de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires, y a la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial de la Secretaría de Industria y Comercio.