La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) aprobó un nuevo procedimiento para la acreditación automática y mensual de los controles médicos exigidos para cobrar la Asignación por Embarazo para Protección Social (AUE), a partir de los datos que le remitirá el Ministerio de Salud.

La medida quedó oficializada mediante la Resolución 297/2026, publicada en el Boletín Oficial con la firma del director ejecutivo del organismo, Guillermo Héctor Arancibia. La norma se aplicará a las asignaciones que se pongan al pago a partir del 1° de noviembre de 2026.

Según la ley de Asignaciones Familiares, entre la semana 12 de gestación y el final del embarazo, la ANSES paga mensualmente el 80% del monto de la AUE. El 20% restante se abona en un solo pago una vez terminado el embarazo, siempre que se hayan cumplido los controles médicos de seguimiento.

De acuerdo con la normativa vigente, para cobrar ese 20% acumulado hay que acreditar dos cosas: el final del embarazo, mediante la partida o el certificado de nacimiento, de defunción o de interrupción del embarazo, y el cumplimiento de los controles médicos previstos.

Con la nueva resolución, esos controles podrán darse por acreditados con la información que el Ministerio de Salud envíe cada mes a la ANSES, en el marco de un convenio de intercambio de datos firmado entre ambos organismos.

No obstante, la norma aclaró que, si la ANSES no cuenta con esa información o si la titular presenta un reclamo, se podrá acreditar el cumplimiento de los requisitos con la documentación respaldatoria ante el organismo.

En los considerandos, la resolución recordó además que sigue vigente, hasta el 2 de julio de 2027, la obligación de hacer los trámites de forma presencial en las oficinas de la ANSES cuando el organismo no tenga los datos de las embarazadas inscriptas en el Programa Sumar.