El interbloque de diputados de Cambiemos logró hoy emitir dictamen de mayoría para el proyecto de Responsabilidad Penal Empresaria, que establece duras sanciones para la corrupción de firmas privadas contra la Administración Pública, y que el oficialismo busca aprobar en una sesión prevista para el próximo 28 de junio.
La decisión se adoptó en un plenario de las comisiones de Legislación Penal y de Legislación General -que conducen la radical Gabriela Burgos y el macrista Daniel Lipovetzky- en cuyo transcurso los bloques opositores del Frente Renovador, el bloque Justicialista, y las dos bancadas de izquierda anticiparon que presentarán dictámenes de minoría.
A diferencia de lo que sucedió ayer cuando la mayoría de los bloques opositores no concurrieron a la reunión hoy se sumaron, además de los massistas, el bloque Justicialista, la izquierda, con lo cual llegaron al quórum necesario para la firma de los dictámenes.
El proyecto, propiciado por el oficialismo, -cuya aprobación fue reclamada ayer públicamente por el ministro de Justicia, Germán Garavano, y la titular de la Oficina Anticorrupción, Laura Alonso-, incorpora la figura del colaborador eficaz y contempla fuertes multas, la prohibición de participar en licitaciones públicas y la posibilidad de quitar la licencia para operar en el mercado.
Uno de los puntos que más objetan desde la oposición es la incorporación del colaborador eficaz, ya que allí se permite que pueda aportar datos sobre hechos producidos previos a la sanción de esta ley, dado que este informante no tendrá sanciones penales pero si económicas.
El gobierno reclama esta ley para poder ingresar a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), debido a que ese organismo exige la sanción de una ley que condene a las empresas por los delitos de corrupción contra el erario público. Hasta ahora la sanción sólo se puede aplicar al responsable de la firma, pero esto no implica que esa firma deba interrumpir su actividad.
La presidenta de la comisión de Legislación Penal, la radical Gabriela Burgos, destacó los cambios incorporados al proyecto girado por el gobierno «como evitar la eximición de una sanción por el solo hecho que una empresa presente el programa de integridad» y aseveró que «este proyecto ataca la corrupción porque hasta ahora había un vacío legal».
Uno de los puntos centrales es la incorporación de la figura del colaborador eficaz, que es la única variante que se puede incluir previo a esta ley para las empresas que cometieron delitos contra administración pública.
Sobre este artículo, la diputada de Libres del Sur, Victoria Donda, dijo que esta es una ley «que se debería llamar ley Odebrecht porque cesa la persecución penal para los responsables de un acto de corrupción con lo cual seguirá libre a cambio de información».
El gobierno está pidiendo que esa empresa brinde información a la justicia sobre eventuales hechos de corrupción y pago a funcionarios de la anterior gestión en el marco de las obras públicas donde participa.
Sobre este punto, el despacho establece que podrá celebrarse un acuerdo de colaboración eficaz entre el Ministerio Público Fiscal y la empresa que se compromete a aportar «información o datos precisos, útiles, completos y comprobables para el esclarecimiento de los hechos, la identificación de sus autores o partícipes y/o el recupero del producto o las ganancias del delito».
El acuerdo podrá prever el saneamiento de los actos viciados por los hechos reconocidos y la extinción de acciones sancionatorias y administrativas previa intervención vinculante de la Procuración del Tesoro de la Nación o autoridad equivalente en otros poderes o en las jurisdicciones locales, que deberá pronunciarse en relación al interés público comprometido.
La celebración del acuerdo de colaboración eficaz «no implicará reconocimiento de responsabilidad por parte de la persona jurídica».
El dictamen, que impulsa el oficialismo, introduce cambios al proyecto del Ejecutivo en las multas previstas, dado que disminuye el mínimo al 0,5 por ciento en lugar del 1 por ciento, fijado inicialmente, y mantiene el máximo del 20 por ciento.
En este sentido, establece que el cálculo se hará sobre los ingresos brutos anuales de la empresa que hubiera cometido el delito.
Para el caso de las personas jurídicas que se hayan constituido en el plazo de 12 meses anteriores a la comisión del delito, o no hayan declarado ingresos en el último ejercicio anterior a la comisión del delito, el proyecto prevé multas de entre el 0,5 y el 20 por ciento de los ingresos brutos promedio registrados al momento de la comisión del delito.
Además fija que la recaudación de las multas se destinará a la inversión en infraestructura y equipamiento en materia educativa y de salud.
En cuanto a la suspensión total o parcial de actividades, la iniciativa sobre la que mañana Cambiemos buscará emitir dictamen determina que no podrá superar los diez años; lo mismo sucede en caso de suspender la marca o patente donde se establece que la prohibición de operar no podrá superar la década.
En la iniciativa, se determina además que, si una empresa es condenada por este tipo de delitos, se le podrán sacar hasta por el lapso de diez años los subsidios estatales, así como prohibirle la participación en licitaciones públicas del Estado.