El Gobierno de la provincia de Buenos Aires creó hoy el Registro Provincial de Natatorios, bajo la órbita de la Dirección Provincial de Registro y
Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud.
Lo hizo a partir de la disposición 56 publicada en el Boletín Oficial del distrito, donde se recordó que la Ley N° 10.217 «delegó en las Municipalidades de la Provincia la habilitación contralor y fiscalización del funcionamiento de los natatorios y piletas de natación de carácter público, semipúblico y comerciales que se encuentran situados en el ámbito de jurisdicción de las respectivas comunas».
Se planteó que el Gobierno de la provincia de Buenos Aires «aprobó las normas que deberán ajustar su funcionamiento las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas que, dentro del territorio bonaerense presten servicios al público a terceros, como natatorios para aprendizaje, de uso recreativo o
terapéutico».
Así, desde ahora, los municipios deberán «remitir la información correspondiente a las habilitaciones» al Registro Provincial de Natatorios.