El gobierno de la provincia de Buenos Aires declaró el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario en distintas circunscripciones de doce partidos bonaerenses afectados por inundaciones, a raíz de “la crítica situación” que atraviesan los productores rurales por el impacto de un fenómeno climático de carácter extraordinario. La medida regirá desde el 1° de marzo hasta el 31 de agosto de 2025.
A través del Decreto 1180/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial, se estableció que los partidos alcanzados por la emergencia son Puán, Tornquist, Nueve de Julio, Carlos Casares, General Lamadrid, Coronel Suárez, Guaminí, Bolívar, Tapalqué, Veinticinco de Mayo, Saladillo y Roque Pérez.
La decisión fue adoptada tras la recomendación de la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario de la Provincia de Buenos Aires (Cedaba), que en su reunión del 21 de mayo evaluó informes técnicos, datos satelitales y relevamientos en territorio realizados por el Ministerio de Desarrollo Agrario.
Según se detalló, los informes indicaron una pérdida significativa en la producción o en la capacidad de producir de las explotaciones afectadas, lo que justifica la activación del régimen previsto por la Ley 10.390.
La normativa establece que las y los productores deberán presentar sus declaraciones juradas en un plazo máximo de diez días desde la publicación del decreto para acogerse a los beneficios fiscales y crediticios que otorga el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario.
Las medidas alcanzan únicamente a quienes desarrollen la actividad agropecuaria como actividad principal en los establecimientos ubicados en las zonas declaradas en emergencia.
Además del Ministerio de Desarrollo Agrario, intervinieron en el expediente distintas áreas del Ministerio de Economía y de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), así como Asesoría General de Gobierno, la Contaduría General y la Fiscalía de Estado.
El decreto fue firmado por el gobernador Axel Kicillof, en el marco de las atribuciones conferidas por la Constitución bonaerense y la Ley 10.390, y forma parte de las herramientas previstas por el Estado provincial para acompañar a los productores frente a contingencias climáticas que afecten su actividad.