El Poder Ejecutivo nacional estableció este martes a través del decreto 1.081 publicado en el Boletín Oficial que a partir de los 18 años los ciudadanos estarán habilitados para portar armas y no desde los 21, como era hasta la actualidad.
La normativa, que lleva las firmas del presidente Javier Milei; el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y la Ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, modificó el artículo 55 de la ley 20.429 Ley Nacional de Armas y Explosivos, con lo cual el requisito para la “adquisición o transmisión por cualquier título, uso, tenencia y portación de armas de uso civil» es tener 18 años.
Allí se explicó que el Código Civil «establece en su artículo 25 que la mayoría de edad se alcanza a los 18 años, modificando el régimen anterior en el que la misma se fijaba en los 21 años».
«La Ley Nº 20.429 y sus modificatorias dispone como requisito para la adquisición o transmisión por cualquier título, uso, tenencia y portación de armas de uso civil haber alcanzado la mayoría de edad», se planteó.