El gobierno nacional promulgó hoy la ley que amplía el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a delitos contra la integridad sexual, aprobada en septiembre pasado, con el objetivo de contribuir al esclarecimiento de hechos delictivos durante una investigación judicial.
Así se formalizó a través del decreto 899/2024, publicado hoy en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.
Se trata de una ampliación de la ley N° 26.879, que en 2013 creó el Registro de Datos Genéticos con el fin de contribuir al esclarecimiento de hechos delictivos que sean objeto de una investigación judicial «mediante la comparación de perfiles genéticos provenientes de laboratorios debidamente acreditados, e identificar y favorecer la determinación del paradero de personas extraviadas, desaparecidas o fallecidas».
Según especifica el texto de la normativa, el registro contará con una base de datos de perfiles genéticos y una base de datos filiatorios, no relacionadas entre sí.
Hasta el momento, el registro sólo contemplaba perfiles genéticos de personas responsables de delitos sexuales con condena, pero ahora podrá almacenar muestras de personas mayores de 18 años imputadas sin necesidad de que tener una condena.
Además, entre otros datos, el registro almacenará y sistematizará los perfiles genéticos asociados a la evidencia obtenida en el curso de una investigación judicial; los perfiles genéticos de cadáveres o restos humanos no identificados, o de personas que, teniendo un familiar desaparecido o extraviado, acepten aportar voluntariamente una muestra biológica que pueda resultar de utilidad para la identificación de la persona en búsqueda.
«Los perfiles genéticos de víctimas de delitos o de familiares de personas desaparecidas o extraviadas no podrán ser utilizados como muestra para el esclarecimiento de un hecho delictivo, excepto que los aportantes lo consientan expresamente», señala el texto y aclara que además del perfil genético «se almacenarán, en forma independiente el nombre y apellido, fecha y lugar del nacimiento y el número de DNI/pasaporte y la autoridad que lo expidió».
El registro funcionará para las investigaciones en el fuero federal y nacional, mientras que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán firmar convenios con el fin de que sus poderes judiciales y ministerios públicos puedan utilizar los servicios de este registro.
Asimismo, los exámenes genéticos se practicarán en los laboratorios debidamente acreditados, siguiendo las normas establecidas por la Organización Internacional de Estandarización y por el Organismo Argentino de Acreditación, y garantizando el resguardo de la privacidad y secreto en el tratamiento de los datos sensibles y la custodia del material y los datos genéticos manipulados.