El Gobierno estableció un nuevo marco regulatorio para regular a los proveedores de servicios de activos virtuales (PSAVs) en Argentina.
Lo hizo a partir de la resolución 1058 de la Comisión Nacional de Valores (CNV) publicada en el Boletín Oficial, que obliga a esos operadores a inscribirse en un registro oficial y cumplir con requisitos en ciberseguridad, prevención de lavado de dinero y resguardo de activos.
La norma otorga a la CNV la facultad de supervisar a los PSAVs.
El marco normativo establece reglas de transparencia, auditorías anuales y la obligación de informar sobre convenios con terceros.
También prevé la segregación de cuentas y permite delegar funciones en filiales extranjeras, aunque los PSAVs seguirán siendo responsables de sus operaciones.
La CNV podrá suspender o revocar registros en caso de incumplimiento, mientras que las plataformas que operen sin autorización podrán ser bloqueadas por orden judicial.
El proceso de inscripción varía según la figura legal de los PSAVs: las personas humanas deberán registrarse antes del 1 de julio de 2025; las jurídicas constituidas en Argentina, antes del 1 de agosto; y las extranjeras, antes del 1 de septiembre. La normativa entrará en vigencia completa el 31 de diciembre de 2025.
El Gobierno refuerza así la supervisión sobre el ecosistema cripto, en línea con estándares internacionales y recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
En febrero, se implementó un marco preliminar para billeteras virtuales con mayores exigencias de transparencia y control sobre los fondos de los usuarios.