El Gobierno nacional oficializó este viernes el decreto 750, por el cual se releva del «deber de confidencialidad» sobre temas de inteligencia nacional al expresidente Mauricio Macri, como había solicitado la justicia en el maco de la causa que investiga supuesto espionaje ilegal a los familiares de víctimas del submarino ARA San Juan.
«Relévase al ingeniero Mauricio Macri de la obligación de guardar secreto y confidencialidad, en los términos de la Ley Nº 25.520 y en el marco de la causa Nº 8559/20 que tramita en el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Ciudad de Dolores, provincia de Buenos Aires», dice el artículo del decreto, firmado este jueves por el presidente Alberto Fernández y publicado en el Boletín Oficial.
A través del decreto, el mandatario relevó a Macri de la»obligación de guardar secreto y confidencialidad, en el marco de la causa No 8559/20 caratulada ‘Iuspa Benítez, Nicolás y otros s/Averiguación de delito querellante: Mereles, Andrea Alejandra y otros'».
El jefe de Estado tomó esa determinación «visto el requerimiento formulado por el Juez a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Ciudad de Dolores, Provincia de Buenos Aires», en referencia al magistrado Martín Bava, «en el marco del legajo reservado FMP No 8559/2020/3 correspondiente a la causa No 8559/20 y lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N° 25.520, su modificatoria Ley N° 27.126».
En los considerandos, se señala que el juez Martín Bava realizó el requerimiento «atento lo solicitado por la defensa del imputado ingeniero Mauricio Macri en el marco de la audiencia indagatoria del nombrado, la que debió suspenderse (este jueves) durante el curso de la misma con el fin de evitar futuros planteos nulificantes».
Fernández consignó querelevó al expresidente por su condición de «imputado de un delito de acción pública, y con el fin de posibilitar el pleno ejercicio del derecho de defensa del imputado, así como la adecuada y efectiva actuación de los órganos jurisdiccionales».
«Corresponde relevar al imputado del deber de secreto y confidencialidad que establece la normativa vigente», completó Fernández.
Al respecto, se indica que «la solicitud de la defensa del imputado que imposibilitó que prestara declaración indagatoria en los términos del artículo 294 del CPPN, hace presumir que el nombrado requiere, para ejercer debidamente su defensa, aludir a la realización de actividades de inteligencia vinculadas al objeto procesal».
Por eso, se expresa que «la causa investiga la posible comisión de delitos vinculados a actividades de inteligencia prohibidas por la ley, y no a actividades o información que resulte necesario clasificar en interés de la seguridad interior, la defensa nacional o las relaciones exteriores de la Nación, conforme establece la Ley N° 25.520».
En consecuencia, se resolvió que «estando imputado el ingeniero Mauricio Macri de un delito de acción pública, y con el fin de posibilitar el pleno ejercicio del derecho de defensa del imputado, así como la adecuada y efectiva actuación de los órganos jurisdiccionales, es que corresponde relevar al imputado del deber de secreto y confidencialidad que establece la normativa vigente».
La indagatoria a Macri en Dolores fue suspendida ayer a pedido de su abogado, Pablo Lanusse, quien evaluó necesario que se le levantara a su cliente el deber de guardar secreto sobre asuntos de inteligencia.
La indagatoria a Macri por supuesto espionaje ilegal a los familiares de los tripulantes del submarino Ara San Juan fue suspendida este jueves por la mañana a pedido de su abogado, quien consideró necesario que se le levantara a su cliente el deber de guardar secreto sobre asuntos de inteligencia.
La decisión de suspender la audiencia fue tomada por el juez Bava, luego de recibir el pedido verbal del abogado Pablo Lanusse y tras solicitar la opinión del fiscal Juan Pablo Curi, que fue favorable al planteo del exmandatario.