El gobierno bonaerense estableció un régimen especial de ayuda financiera destinado a financiar total o parcialmente obras municipales.
Lo hizo mediante el Decreto 131 publicado hoy en el Boletín Oficial en el que estableció que ese régimen especial de ayuda financiera “será destinado a financiar total o parcialmente proyectos de mantenimiento y/u obras nuevas, paralizadas o pendientes de ejecución, de competencia y jurisdicción municipal, no resultando admisible el financiamiento de gastos corrientes”.
Las obras no podrán superponerse con otros proyectos en ejecución o en procesos de ser ejecutados por la provincia de Buenos Aires.
El Decreto establece que el Decreto establece que en el caso de otorgarse la ayuda financiera por parte del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, “el Municipio en cuestión deberá presentar a través del Intendente y con carácter de declaración jurada la documentación que respalde la correcta ejecución de los proyectos”.
Los Municipios que reciban fondos por este régimen rendirán cuentas ante el Tribunal de Cuentas y garantizarán los fondos efectivamente transferidos con la coparticipación.