La justicia federal de La Plata determinó hoy que debe ser el Congreso Nacional el que decida sobre la validez del DNU 70 del Poder Ejecutivo, denominado Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina, al rechazar un planteo de nulidad general formulado por el Colegio la Caja de Abogados de la provincia de Buenos Aires.
La medida fue adoptada por el Juzgado Federal N° 2 de La Plata, a cargo de Alejo Ramos Padilla, que sostuvo que corresponde al Congreso, en particular a la Cámara de Diputados, decidir sobre la validez general del DNU 70/2023, tal como lo dispone la Constitución Nacional.
De esta forma, en su resolución, el magistrado desestimó la demanda promovida por el Colegio y la Caja de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual se pretendía la nulidad del DNU.
El juez consideró que, si bien se trata de un decreto que no tiene antecedentes respecto a sus dimensiones, variedad y por la amplitud de su alcance, las cuestiones planteadas exceden las competencias del Poder Judicial y corresponden al ámbito del Poder Legislativo.
Ramos Padilla recordó que el rol del Poder Judicial es limitado y que no puede intervenir de manera general o abstracta en la constitucionalidad de una norma sin un caso concreto de afectación de derechos.
En este contexto, enfatizó que el sistema actual de control de los DNU, regulado por la Ley 26.122, requiere ser revisado por el Congreso.
“No debe soslayarse que los órganos que sí pueden bloquear un decreto de necesidad y urgencia del modo abstracto que aquí se pretende, son los poderes eminentemente políticos, el Congreso de la Nación, cuyas decisiones contemplan no solamente consideraciones sobre la legalidad, validez o legitimidad de las disposiciones sometidas a su control, sino también su pertinencia política, así como su oportunidad, mérito o conveniencia”, sostuvo el magistrado.