La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este viernes la prórroga del plazo para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, que ahora podrá realizarse hasta junio del año siguiente al período fiscal que se declara.
La medida, establecida a través de la Resolución General 5648/2025 publicada en el Boletín Oficial, modifica el artículo 7° de la Resolución General 975 y responde a solicitudes de entidades profesionales que pidieron una ampliación del plazo para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Con la adecuación, el vencimiento de Ganancias se alineará con el cronograma de presentación del Impuesto sobre los Bienes Personales, manteniendo la fecha límite en función de la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de los contribuyentes.