La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó una profunda reforma sobre las normas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo aplicables al mercado de capitales. Entre los principales cambios, el organismo dispuso la eliminación del uso de efectivo para operaciones financieras, salvo en casos específicos vinculados al nuevo régimen simplificado de Ganancias.
La medida fue oficializada este jueves mediante la Resolución General 1139/2026 publicada en el Boletín Oficial y forma parte del proceso de actualización regulatoria impulsado por el Gobierno nacional.
Según explicó la CNV, la reforma busca “armonizar criterios regulatorios y operativos”, reducir costos administrativos y fortalecer los mecanismos de transparencia y control sin afectar la competitividad del sistema financiero.
Uno de los puntos centrales de la normativa es que los sujetos obligados del mercado de capitales deberán canalizar pagos y transferencias únicamente a través de medios bancarios o electrónicos trazables. En ese marco, la resolución incorpora formalmente la utilización del cheque electrónico y restringe las operaciones en efectivo.
La excepción prevista alcanza únicamente a personas adheridas al Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias, creado en el marco del Decreto 93/2026 y la Resolución General 5820 de ARCA.
La nueva regulación también amplía obligaciones sobre prevención de lavado a los PSAV -los proveedores de servicios de activos virtuales-, que deberán cumplir con requisitos de información y control similares a los del resto de los agentes del mercado.
Entre las nuevas exigencias, los sujetos alcanzados deberán informar datos sobre beneficiarios finales, segmentación de clientes según riesgo, monitoreo de operaciones y condición de personas expuestas políticamente (PEP).
La resolución establece además plazos específicos para la actualización de la información remitida a través de la Autopista de la Información Financiera (AIF). En algunos casos, como cambios en beneficiarios finales, el plazo será de 30 días corridos.
Otro de los ejes de la reforma apunta a reforzar los criterios de idoneidad, integridad y solvencia para quienes aspiren a inscribirse como agentes registrados ante la CNV.
En ese sentido, el organismo evaluará antecedentes penales, situación patrimonial, historial comercial y posibles vínculos con delitos económicos, lavado de activos o financiamiento del terrorismo. También verificará que los solicitantes no integren listas de organizaciones terroristas definidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) o por el RePET argentino.
La normativa además fija restricciones para operaciones realizadas por inversores extranjeros. A partir de ahora, sólo podrán operar quienes provengan de jurisdicciones que no sean consideradas de alto riesgo ni figuren en listados de países no cooperantes en materia de transparencia fiscal.
Por otra parte, la resolución habilita a los agentes de liquidación y compensación a transferir fondos provenientes de ventas de títulos en dólares para la compra de inmuebles financiados con créditos hipotecarios UVA, siempre que se cumplan requisitos de trazabilidad y documentación respaldatoria.
La CNV indicó que los cambios forman parte de un proceso más amplio de modernización del mercado de capitales y de adecuación a las normas de la Unidad de Información Financiera (UIF) y estándares internacionales de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
La resolución entrará en vigencia desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.