El Poder Ejecutivo Nacional dispuso hoy que la Dirección Nacional de Migraciones deberá «ceder y transferir datos» de su competencia a las provincias y la Ciudad Autónoma, y lo tendrá que hacer mientras se prolongue la emergencia sanitaria para mitigar la epidemia del coronavirus.
Se trata de la Decisión Administrativa 431/2020 de la Jefatura de Gabinete publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de Santiago Cafiero, y del ministro del Interior Eduardo «Wado» De Pedro.
«La información que resguarda la Dirección Nacional de Migraciones, mientras dure la emergencia sanitaria, se convierte en un insumo esencial con el fin de adoptar medidas para proteger el derecho colectivo a la salud pública», señala la norma en sus considerandos.
En su articulado, en tanto, establece que Migraciones «deberá transferir o ceder datos o informaciones» a las las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y también se deberá informar de estos procedimientos a la Unidad de Coordinación de la Jefatura de Gabinete.
No obstante, aclara que «los mismos no podrán ser divulgados, trasmitidos, cedidos, ni difundidos por fuera de los órganos referidos, en el marco de la Ley de Protección de los Datos Personales y sin merma a los principios, derechos y acciones emanados de la misma».
También establece que las jurisdicciones, entidades y organismos de la Administración Pública Nacional, «deberán transferir, ceder, o intercambiar entre sí y bajo la supervisión de la Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional los datos e información que, por sus competencias, obren en sus archivos, registros, bases, o bancos de datos, con el único fin de realizar acciones útiles para la protección de la salud pública».
En los fundamentos de la medida se establece que «para hacer frente a la pandemia, se requiere del esfuerzo y la acción coordinada de las distintas jurisdicciones y niveles de gobierno».
En este marco, dice, la información que resguarda la Dirección Nacional de Migraciones, mientras dure la emergencia sanitaria, «se convierte en un insumo esencial con el fin de adoptar medidas para proteger el derecho colectivo a la salud pública»
También, establece que los datos que brinde la Dirección de Migraciones podrán «únicamente ser utilizados en el marco de la emergencia sanitaria y con el objeto de que se cumplan las medidas instruidas por la autoridad de aplicación sanitaria y por el Poder Ejecutivo Nacional, útiles para la protección de la salud de la población».
Recuerda, al mismo tiempo, que la «dinámica de la pandemia y su impacto sobre la vida social de la población en su conjunto, ha demostrado la necesidad de adoptar medidas, establecer mecanismos y herramientas, con el fin de que todas las áreas comprometidas puedan atender las necesidades que se presenten en el marco de la emergencia pública de modo integral, oportuno y eficaz, sin menguar la transparencia ni las garantías que deben primar en todo el obrar público».