El presidente de la Cámara de Diputados bonaerense, Manuel Mosca, presidirá la Comisión Bicameral creada ayer por la Legislatura que deberá estudiar la factibilidad los proyectos de ley que contemplan el desdoblamiento de las elecciones municipales de la del gobernador en la provincia de Buenos Aires.
La Comisión, que no será vinculante, fue creada anoche por una resolución que firmaron Mosca y el presidente del Senado, el vicegobernador, Daniel Salvador.
En ese sentido, Mosca explicó hoy que «hemos acordado con el Frente Renovador conformar una comisión no vinculante bicameral para analizar la posibilidad o factibilidad de un eventual desdoblamiento de las elecciones municipales».
Detalló que «ese ámbito va a sacar sus conclusiones acerca de si eso es posible o no, independientemente de la decisión de María Eugenia Vidal como gobernadora».
En su articulado, la resolución, a la que tuvo acceso Télam, establece que la bicameral «deberá abocarse al análisis de proyectos que contemplen la factibilidad jurídica y operativa del desdoblamiento de fecha para la elección de intendentes, concejales y consejeros escolares».
Estará compuesta por ocho senadores y ocho diputados, elegidos por sus respectivas presidencias, debiendo contemplarse un mínimo de cuatro diputados y cuatro senadores de las bancadas minoritarias.
La Comisión funcionará entre el 1 de enero y el 28 de febrero de 2019 en encuentros quincenales, fecha límite en la que deberá emitir dictamen sobre la posibilidad de desdoblar las elecciones municipales incluso a modo experimental sólo para algunos municipios.
La creación de esta Comisión formó parte de la negociación de Cambiemos con el Frente Renovador para la aprobación de los proyectos de Ley de Presupuesto y de Ley Impositiva para la provincia de Buenos Aires para 2019.
Con todo, desde el Ejecutivo creen que la medida «es improbable por impedimentos constitucionales» y graficó que “dentro de la sección V capítulo II de la Constitución provincial, el artículo 135 dice que la elección de gobernador y vice tendrá lugar conjuntamente con la de senadores y diputados del año que corresponda».
«En la sección VII, sobre el régimen municipal, el artículo 190 manifiesta que los intendentes y concejales serán elegidos ‘en el mismo acto que se elijan los senadores y diputados, en la forma que determine la ley’», enfatizó el funcionario.
Luego, añadió que «a la vez, la Carta Magna señala entre las atribuciones del Poder Ejecutivo ‘convocar al pueblo de la Provincia a todas las elecciones en la oportunidad debida, sin que por ningún motivo pueda diferirlas'» y concluyó: «en definitiva, será la gobernadora, en acuerdo con el Presidente de la Nación quien decida la fecha de las elecciones».