El Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires aprobó un nuevo régimen para la habilitación de establecimientos privados de salud mental y consumos problemáticos, que reemplaza las normas vigentes desde 2021. La medida se oficializó mediante la Resolución 7753/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial bonaerense con la firma del ministro Nicolás Kreplak.
Las nuevas normas complementarias se enmarcan en el régimen de establecimientos privados asistenciales previsto en el Decreto-Ley 7314/67 y sustituyen a las aprobadas por la Resolución 4750/2021 desde su publicación oficial.
En los considerandos, la cartera sanitaria reconoce que la resolución anterior “constituyó un avance significativo”, pero señala que la experiencia de su aplicación mostró la necesidad de una revisión integral. El objetivo es incorporar los enfoques actuales en salud mental, consolidar el modelo comunitario de atención y adecuar los requisitos técnicos, sanitarios, funcionales y edilicios a los estándares vigentes.
El nuevo marco busca dar mayor claridad, uniformidad y operatividad a los trámites de habilitación, sumar estándares de calidad, seguridad y derechos, y fortalecer los mecanismos de habilitación, categorización, fiscalización y supervisión de los establecimientos.
La norma se apoya en la Ley Nacional de Salud Mental 26.657, a la que la Provincia adhirió mediante la Ley 14.580, y en la Ley 26.934, que creó el Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos. Según la resolución, ese marco consagra un paradigma de atención comunitaria, interdisciplinaria e intersectorial, orientado a la protección de los derechos humanos y a la sustitución progresiva de los dispositivos monovalentes. También se menciona el Plan Provincial de Salud Mental 2022-2027.
Respecto de los establecimientos que ya funcionan, la resolución mantiene la validez de las habilitaciones vigentes hasta su vencimiento, pero al momento de renovarlas deberán adecuarse por completo al nuevo régimen. Además, la autoridad sanitaria podrá exigir adecuaciones parciales o medidas correctivas en cualquier momento si detecta situaciones que comprometan la seguridad de los usuarios, la calidad de las prestaciones o la protección de sus derechos.
Para los trámites en curso hay dos situaciones. Quienes ya tengan aprobado el Proyecto Institucional podrán continuar el proceso y solo deberán acreditar las adecuaciones que fije la autoridad de aplicación. Quienes no lo tengan aprobado deberán iniciar un nuevo trámite bajo las reglas actuales.
Durante la elaboración del régimen intervino la Subsecretaría de Derechos Humanos bonaerense, como lo exige la ley provincial de adhesión. También participaron la Subsecretaría de Salud Mental, Consumos Problemáticos y Violencias en el Ámbito de la Salud y otras áreas del Ministerio.