El Gobierno nacional avanzó con un giro pragmático para garantizar la aprobación de la ley de reforma laboral antes del 1° de marzo y enviar una señal de previsibilidad a los mercados. Con ese objetivo, aceptó modificar casi una treintena de artículos del proyecto original y eliminar otros tres, tras negociaciones con gobernadores, sindicatos, bloques dialoguistas y cámaras empresarias.

El texto que aprobó el Senado incorpora cambios sensibles en materia de indemnizaciones, convenios colectivos, aportes sindicales, justicia laboral e impuestos, además de introducir nuevas figuras como el banco de horas y un régimen específico para plataformas digitales.

A continuación, los principales puntos.


Convenios colectivos: más margen para acuerdos por empresa

Uno de los ejes de la reforma es la habilitación de convenios por empresa, que no podrán ser modificados por acuerdos de ámbito mayor. La norma establece que, una vez vencido un convenio colectivo, habrá un plazo de un año para negociar nuevas cláusulas y mantiene la vigencia de las condiciones hasta tanto se alcance un nuevo acuerdo.

Las asambleas podrán realizarse con autorización previa del empleador, un punto que generó cuestionamientos sindicales.


Despidos e indemnizaciones: tope y Fondo de Asistencia Laboral

El proyecto fija un tope indemnizatorio equivalente a un salario promedio del convenio por año de servicio, excluyendo bonos, premios y otros rubros no mensuales.

Además, crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) para afrontar despidos en empresas que no puedan cubrirlos. Este fondo se financiará con una porción de las contribuciones patronales que hoy van a la Anses:

  • 1% para grandes empresas
  • 2,5% para pymes

La versión original preveía un aporte uniforme del 3%, pero el ministro de Economía, Luis Caputo, debió segmentarlo tras negociaciones con el sector empresario. El texto incorpora una cláusula que lo habilita a incrementar en hasta 0,5 puntos esos porcentajes si fuera necesario para cumplir con la meta de déficit cero.

Las pymes podrán pagar indemnizaciones en hasta 18 cuotas, mientras que las grandes empresas tendrán un máximo de 12 cuotas.

A su vez, se limita la actualización judicial de créditos laborales: la Justicia no podrá fijar montos que superen la inflación más un 3% anual.


Vacaciones: ampliación del período y posibilidad de fraccionamiento

La reforma introduce cambios en el régimen de licencias anuales ordinarias con el objetivo de otorgar mayor flexibilidad en la organización del descanso.

El período para otorgar vacaciones se amplía: podrán concederse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, extendiendo la ventana tradicional concentrada en los meses de verano. Según el texto, la programación deberá acordarse entre empleador y trabajador, atendiendo a las necesidades productivas de la empresa y al derecho al descanso anual.

Además, se habilita el fraccionamiento de las vacaciones, siempre que uno de los períodos no sea inferior a siete días corridos. Esto permite dividir el descanso anual en más de un tramo, algo que hasta ahora tenía mayores restricciones en la práctica convencional.

El esquema apunta a facilitar acuerdos internos que se adapten a picos de actividad estacional o a modalidades de trabajo más flexibles, aunque sindicatos advierten que el cambio podría derivar en una fragmentación excesiva del descanso si no media consenso real entre las partes.

Banco de horas y horas extras

La reforma crea un banco de horas, que permitirá compensar horas extras con francos u otros mecanismos, siempre respetando los descansos mínimos legales. El esquema busca dar mayor flexibilidad a la organización del tiempo de trabajo.


Enfermedades, certificados y controles

Se acotan los derechos en casos de enfermedad o accidente inculpable. Si la imposibilidad de trabajar es consecuencia de una actividad voluntaria y consciente del trabajador, podrá percibir solo el 50% del salario.

Se incorporan requisitos de validez para certificados médicos y, ante discrepancias, se habilita la intervención de una junta médica. El empleador podrá designar médico para el control.


Sindicatos: concesiones tras la pulseada

El capítulo sindical fue uno de los más negociados. El Gobierno retrocedió en tres puntos impulsados inicialmente por Federico Sturzenegger:

  • Se mantiene el aporte del 6% a las obras sociales sindicales, descartando la reducción al 5%.
  • Continúa la cuota sindical obligatoria, con un tope del 2% del salario mensual y por un plazo de dos años. En el caso de aportes a cámaras empresarias, el tope será del 0,5%.
  • Los empleadores seguirán actuando como agentes de retención de las cuotas sindicales, sin necesidad de una autorización expresa previa del trabajador.

Plataformas digitales: “prestadores independientes”

El proyecto regula los servicios de reparto y movilidad mediante plataformas tecnológicas. Los repartidores serán considerados “prestadores independientes”, sin relación de dependencia, aunque las empresas deberán contratar seguros de accidentes y brindar capacitación.


Justicia laboral: traspaso y reorganización

La iniciativa promueve el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita porteña y abre la puerta a una “progresiva reorganización o transformación”, sin incluir materias laborales de competencia federal.


Impuestos y guiño a los gobernadores

En el capítulo tributario, Caputo cedió ante la presión de los gobernadores y dio marcha atrás con la reducción del Impuesto a las Ganancias para sociedades en determinados tramos, ya que afectaba la masa coparticipable.

Se mantienen, en cambio, las derogaciones de impuestos internos a embarcaciones, aviones, automóviles, celulares y artículos suntuarios.

También se crea un Régimen de Inversiones para pymes (RIMI), con beneficios de amortización en Ganancias e IVA para nuevos emprendimientos.


Incaa y estatutos especiales

El Gobierno postergó hasta el 1° de enero de 2028 la eliminación del fondo que financia al Incaa, que se nutre de impuestos sobre entradas de cine, videogramas y una porción de la recaudación del Enacom.

Se mantienen derogaciones de cinco estatutos especiales, aunque entrarán en vigencia seis meses después de sancionada la ley. En el caso del estatuto del periodista profesional, se insiste en derogar el artículo 43 sobre despidos cuando la reforma comience a regir.


Incentivos al empleo

La norma prevé rebajas de contribuciones patronales para empresas que contraten nuevo personal, como parte de un esquema destinado a fomentar la formalización laboral.