La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció nuevas disposiciones para la entrada y salida de dinero en efectivo, instrumentos negociables y metales preciosos amonedados en el territorio argentino, a través de la Resolución General 5659.
La normativa, publicada este lunes en el Boletín Oficial, busca reforzar el control sobre el movimiento de divisas y su adecuación a los estándares internacionales en la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
Las nuevas medidas, en línea con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), unifican y actualizan la normativa vigente, sustituyendo las resoluciones generales 2704 y 2705.
Entre los principales cambios, se ratifica la obligación de declarar el ingreso al país de montos iguales o superiores a 10.000 dólares o su equivalente en otras monedas. La declaración deberá efectuarse mediante el formulario OM 2249-A ante el servicio aduanero al momento del ingreso.
Asimismo, se establece que la salida del país de dinero en efectivo en moneda extranjera, instrumentos negociables al portador y metales preciosos amonedados solo será permitida si el monto total es inferior a 10.000 dólares o su equivalente. En caso de superar ese límite, los viajeros deberán recurrir a entidades autorizadas por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias o realizar una declaración formal ante el servicio aduanero mediante el formulario OM 2250-B.
El nuevo régimen también especifica que los menores de 16 años no emancipados podrán ingresar o egresar montos equivalentes al 50% del límite establecido para los mayores de edad. Además, se define como «instrumento negociable al portador» a medios de pago como cheques de viajero, pagarés y otros documentos de similar naturaleza.
La información declarada por los viajeros será registrada en el Sistema de Ingreso y Egreso de Valores de la Aduana y compartida con la Unidad de Información Financiera (UIF), organismo encargado de la prevención del lavado de activos.