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La gobernadora bonaerense, María Eugenia Vidal, reglamentó hoy la ley de Cupo Laboral Trans para la administración pública provincial, una normativa aprobada en 2015 que aún no estaba reglamentada.
De acuerdo al decreto 1473 publicado hoy en el Boletín Oficial provincial, se reglamentó la Ley 14.783 que establece un cupo del 1% de la administración pública provincial para las personas travestis, transexuales y transgénero.
En los fundamentos sostiene que “las personas travestis, transexuales y transgénero de Argentina se encuentran entre las poblaciones más vulneradas históricamente del país, por lo que padecen persecución, exclusión y marginación sistemáticas, lo cual les genera enormes dificultades para el acceso a la igualdad de oportunidades y de trato y al efectivo goce de sus derechos humanos”.
Añade que a causa de la criminalización, discriminación y exclusión sistemática a la que fueron y están aún expuestas, las personas travestis, transexuales y transgénero «suelen ser víctimas de rechazo, marginación y violencia brutal desde una temprana edad, lo cual se traduce en violencia en el seno familiar y en la expulsión del hogar durante la adolescencia, así como de las escuelas e institutos educativos a los que concurren, forzándolas a vivir en la extrema pobreza».
Además recuerda que con frecuencia deben «valerse de actividades y economías criminalizadas para su subsistencia, lo cual, a su vez, ha contribuido a que un gran número de personas travestis, transexuales y transgénero registre antecedentes por detenciones en vía pública, procesamientos y condenas penales”.
Para su aplicación, dentro de los 90 días corridos contados a partir de la publicación del decreto y, en lo sucesivo, se deberá informar anualmente el total de personas que se desempeñan en la planta del Estado, incluyendo a quienes lo hacen en planta permanente, temporaria,transitoria o personal contratado cualquiera sea la modalidad de contratación.
Con base en los resultados remitidos al Ministerio de Trabajo, se calcularán las vacantes que deberán generarse para poder cumplimentar el porcentual no inferior al 1% establecido por la ley.
Para eso, se creará el Registro de Solicitantes de Empleo ‘Amancay Diana Sacayán’” (en adelante “Registro Sacayán”), el cual funcionará bajo la órbita del Ministerio de Trabajo, «en honor a la activista Amancay Diana Sacayán, cuya labor contribuyó decididamente a la sanción de la ley objeto de la presente reglamentación», dice la normativa.