a Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este jueves la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país del aceite de oliva “Mito Andino”, al detectar que carece de registros habilitantes y presenta un rotulado falso. La medida fue publicada en el Boletín Oficial mediante la Disposición 5434/2025.
El producto, identificado como “Aceite de oliva virgen extra primera prensada”, no posee un Registro Nacional de Establecimiento (RNE) ni un Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) válidos, por lo que fue calificado como ilegal. Además, fue incluido en la alerta sanitaria que alcanza también a las ventas en línea.
La intervención se originó a partir de una consulta al Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que derivó en una investigación por parte del Departamento de Vigilancia Sanitaria. El organismo solicitó a la autoridad sanitaria de Mendoza confirmar la legitimidad de los números que figuran en la etiqueta del producto, lo que fue descartado por completo.
En el dictamen, la ANMAT precisó que el aceite infringe la Ley N° 18.284, el Decreto N° 2126/71 y diversos artículos del Código Alimentario Argentino, por carecer de trazabilidad, condiciones de elaboración y controles de calidad que garanticen su inocuidad.
La disposición también alcanza a todos los productos que exhiban en sus etiquetas los RNE 13005521 y RNPA 02513032729, los cuales figuran como inexistentes.
La semana pasada, el organismo ya había retirado del mercado un producto similar de la marca “SOMA”, elaborado en Córdoba, también por adulteración de sus registros.
Ambas medidas se enmarcan en las competencias de fiscalización otorgadas a la ANMAT, con el objetivo de resguardar la salud de la población, según señalaron desde el organismo.