El gobierno de la provincia de Buenos Aires publicó este martes en el Boletín Oficial del distrito la Ley N° 15.615, que crea el Registro Provincial de Datos Genéticos de Cadáveres o Restos Cadavéricos No Identificados, en el ámbito del Banco de Datos Genéticos de la Suprema Corte de Justicia instrumentado por la Ley N° 13.869.

El nuevo registro tiene como objetivo garantizar la recolección, almacenamiento, procesamiento, sistematización y custodia de toda la información sobre cadáveres y restos cadavéricos no identificados, con la finalidad de determinar e individualizar su identidad y contribuir a rastrear el paradero de personas extraviadas, desaparecidas o fallecidas.

El 24 de junio pasado, la Cámara de Senadores provincial convirtió en ley el proyecto impulsado por el diputado Facundo Tignanelli y presentado junto a Rubén Eslaiman, ambos del peronismo. La iniciativa había sido aprobada por Diputados en 2025 y obtuvo la sanción definitiva en el Senado con el respaldo de la mayoría de los bloques, aunque no contó con el acompañamiento de La Libertad Avanza, cuyos legisladores votaron en contra durante el tratamiento en el recinto.

Entre sus funciones, el organismo deberá organizar y actualizar de manera continua una base de datos con la información de los cadáveres y restos que ingresen a las morgues bonaerenses, solicitar a organismos públicos o privados los datos necesarios para completar los legajos, producir informes para las autoridades judiciales y coordinar acciones con otras instituciones de orden nacional, provincial o municipal.

La ley establece que toda la información recopilada deberá volcarse en un legajo único por cada cadáver o resto, que incluirá el perfil biológico, elementos identificatorios como el perfil de ADN y fichas odontológicas, la causa de muerte, muestras biológicas y no biológicas, evidencias vinculadas al hallazgo y toda otra documentación relevante para una futura identificación.

En cuanto al procedimiento, las autoridades judiciales u organismos competentes que tomen conocimiento del hallazgo de cadáveres o restos no identificados deberán comunicarlo al Registro dentro de las 48 horas, a fin de abrir el legajo correspondiente. Una vez identificado un cadáver, se dará de baja su información de la base de datos y se tendrá por concluido el procedimiento. La norma establece además que toda la información almacenada será de carácter confidencial y secreto, y se conservará inviolable.

En los fundamentos del proyecto, Tignanelli advirtió sobre «la alarmante cantidad de casos de cadáveres y restos que no pueden ser identificados», una problemática que, según planteó, afecta a miles de familias que desconocen el destino de sus seres queridos. El legislador sostuvo además que «la identidad y la dignidad de las personas son Derechos Humanos fundamentales que deben ser garantizados, incluso después de su fallecimiento».

Por su parte, el presidente del bloque Unión por la Patria remarcó que la creación del registro «permitirá agilizar el cotejo de información en investigaciones vinculadas a personas desaparecidas y brindar una respuesta institucional a familiares que buscan conocer el paradero de un ser querido». Los fundamentos del proyecto también señalan que la iniciativa busca «salvaguardar el derecho a la identidad de las personas» frente a la persistencia, pese a los avances tecnológicos, de numerosas personas no identificadas sepultadas en cementerios bonaerenses.