El Ministerio de Transporte bonaerense puso en marcha el Régimen de Compensaciones Tarifarias para el Transporte Automotor de Pasajeros del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), al reglamentar los requisitos que deberán cumplir las empresas y los municipios para acceder y mantener el cobro de los subsidios.
La decisión quedó formalizada a través de la Resolución Nº 18, publicada este lunes en el Boletín Oficial del distrito, que lleva la firma del ministro Martín Marinucci.
Qué exige la Provincia a las empresas de colectivos
Según la normativa, las empresas prestatarias de servicios públicos de transporte automotor deberán cumplir una serie de condiciones obligatorias para percibir las compensaciones tarifarias. Entre los principales requisitos se destacan:
- Seguros obligatorios vigentes para todo el parque móvil habilitado.
- Verificación Técnica Vehicular (VTV) al día, conforme a la Ley Nº 13.927.
- Cumplimiento del régimen de vida útil del parque automotor que establezca el MINISTERIO DE TRANSPORTE para los servicios de jurisdicción provincial.
- Respeto de los Convenios Colectivos de Trabajo del sector.
- Implementación obligatoria del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (SUBE).
- Cumplimiento de las obligaciones previsionales ante el SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA), que serán controladas de forma cuatrimestral.
- Presentación y actualización de la documentación exigida por la normativa vigente.
- Rendición de fondos conforme al procedimiento específico del régimen de compensaciones.
El parque móvil considerado será el informado mensualmente a través del Sistema Provincial del Parque Móvil, administrado por la Dirección Provincial del Transporte de Pasajeros.
Obligaciones para los municipios del AMBA
La resolución también fija responsabilidades para los municipios incluidos en el AMBA, que deberán adherir formalmente al régimen y actualizar de manera periódica la información sobre los servicios bajo su jurisdicción.
Entre las obligaciones se encuentran:
- Presentar la nota de adhesión al Decreto Nº 3231/25 dentro de los 10 días hábiles desde la publicación.
- Actualizar los datos de las líneas municipales en un plazo máximo de 20 días hábiles, y cada vez que se modifique la operatividad del servicio.
- Declarar mensualmente el parque móvil a través de la plataforma digital habilitada.
- Presentar una declaración jurada mensual de operatividad, que acredite la prestación regular del servicio y el cumplimiento de los requisitos exigidos.
Sanciones y entrada en vigencia
El incumplimiento total o parcial de los requisitos establecidos dará lugar a la aplicación de un procedimiento específico ante incumplimientos, que puede derivar en la suspensión o pérdida del derecho a percibir las compensaciones.
Además, la norma aprueba un procedimiento especial para los casos de cese o transferencia de servicios, a fin de ordenar la continuidad del régimen ante cambios en las concesiones.
El régimen de compensaciones entra en vigencia a partir de la publicación de la resolución, y el MINISTERIO DE TRANSPORTE bonaerense instruyó a sus áreas técnicas a adoptar las medidas necesarias para su implementación inmediata, con el objetivo de garantizar la continuidad, regularidad y sustentabilidad económica del servicio de transporte público en el AMBA.