Concejales del bloque PRO de La Plata presentaron un proyecto de ordenanza para crear el Juicio por Jurado Vecinal, un mecanismo que permitiría a los ciudadanos intervenir en el juzgamiento de infracciones graves al Código de Convivencia Ciudadana, pese a que la sanción seguiría siendo facultad exclusiva del juez de Faltas.
La iniciativa, firmada por el presidente del bloque Nicolás Morzone y el concejal Iván Zanetto, propone incorporar un nuevo capítulo a la Ordenanza N° 12.170 para que, en casos de faltas graves o de fuerte impacto comunitario, un grupo de siete vecinos sorteados pueda determinar si existió el hecho denunciado y si el presunto infractor es responsable.
El proyecto aclara que no se crea un nuevo órgano judicial ni se desplaza a la Justicia de Faltas, ya que el juez conservará la dirección del proceso, la admisión de pruebas y el dictado de la sentencia. «El jurado vecinal no reemplaza al juez. Lo complementa», sostienen los fundamentos.
Para integrar el registro de jurados, los vecinos deberán ser argentinos, tener entre 21 y 75 años, acreditar al menos dos años de domicilio en el partido y no registrar condenas por delitos dolosos.
Quedan excluidos funcionarios municipales, provinciales y nacionales, integrantes de fuerzas de seguridad, magistrados y deudores alimentarios morosos. El veredicto de responsabilidad requerirá al menos cinco votos sobre siete.
El mecanismo podría activarse ante infracciones vinculadas con contaminación, quema de residuos, formación de microbasurales, daños al patrimonio municipal y alteraciones del orden público.
La intervención del jurado podrá ser solicitada por el Departamento Ejecutivo, por el presunto infractor o por el propio juez de Faltas.
Morzone enmarcó la propuesta dentro del denominado «Plan Antifisuras» y aseguró que no generará gasto público adicional. El proyecto no tiene antecedentes en la provincia de Buenos Aires, aunque cita experiencias similares en San Patricio del Chañar (Neuquén), Rosario y la ciudad de Mendoza.