La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de distintos productos que se encontraban en circulación por irregularidades detectadas durante tareas de fiscalización y monitoreo. Las medidas alcanzaron a un limpiador multiuso y otros domisanitarios de la marca Qualibest, dos lotes de hierro inyectable Yectafer y un medicamento denominado Hessico.
En el caso de Qualibest, la disposición alcanzó a todos los productos domisanitarios de la marca, entre ellos limpiadores, eliminadores de olores, desinfectantes, aromatizantes y productos para el acabado de superficies. La ANMAT ordenó prohibir su uso, comercialización, publicidad y distribución en todo el país, tanto en canales tradicionales como en plataformas de venta electrónica, hasta que sean regularizados.
La medida se originó en la detección de publicaciones y ventas de esos productos en sitios web y canales digitales sin registro ante la autoridad sanitaria. Además, el organismo señaló que no se había identificado un establecimiento responsable habilitado y que la autoridad sanitaria bonaerense no encontró registros de esos artículos en su jurisdicción.
Según la ANMAT, existían antecedentes de productos de Qualibest registrados por Quali Química S.R.L. y Química Erpe S.R.L., aunque esas inscripciones y los registros correspondientes habían sido dados de baja. Ante el desconocimiento de las condiciones de fabricación y formulación, el organismo consideró que no podía garantizarse la calidad, seguridad y eficacia de los productos.
Otra de las medidas alcanzó al Yectafer, de Laboratorio Rontag S.A., un hierro inyectable. La prohibición recayó sobre el producto “Yectafer/HIERRO 5%”, en presentaciones de cinco ampollas del lote 1-R0730 y de diez ampollas del lote 2-R0730.
La decisión fue adoptada luego de que la empresa informara que durante el acondicionamiento del medicamento, realizado en instalaciones de Dalban Pharma S.A., se produjo el robo de unidades correspondientes a esos dos lotes. La documentación incorporada al expediente consignó la sustracción de 2.205 ampollas del lote 1-R0730 y 1.392 del lote 2-R0730.
Por ese motivo, la ANMAT prohibió el uso, comercialización, publicidad y distribución de esas unidades en todo el territorio nacional, debido a que se desconoce su condición y estado de conservación y no puede acreditarse su seguridad.
En cuanto al stock que no fue alcanzado por el robo, la empresa informó que realizará un reestuchado y lo identificará como 1-R0730R para la presentación de cinco ampollas y 2-R0730R para la de diez. Las ampollas mantendrán la codificación original R0730.
La tercera disposición correspondió al medicamento Hessico, hidroxietilalmidón 6 g % solución inyectable, lote 29116, con vencimiento en agosto de 2027, elaborado por P. L. Rivero y Cia. S.A. En este caso, la ANMAT no solo prohibió su uso, comercialización y distribución, sino que además ordenó retirar el producto del mercado y dispuso la apertura de un sumario sanitario contra la empresa y su dirección técnica.
El expediente recordó que el organismo había cancelado previamente la autorización de comercialización e inscripción de especialidades medicinales que contuvieran hidroxietil-almidón y poli (O-2-hidroxietil)-almidón en solución para infusión, además de ordenar su retiro inmediato.
De acuerdo con la publicación oficial, la firma declaró haber liberado 2.639 unidades de Hessico en agosto de 2025, que fueron distribuidas a laboratorios dedicados a la extracción de células madre. Sin embargo, la ANMAT señaló que, pese a haber intimado a la empresa para que comenzara el retiro en un plazo de 24 horas, la compañía no había iniciado esa tarea.
El organismo también indicó que la propia firma reconoció haber elaborado preparaciones magistrales en un establecimiento habilitado como elaborador de especialidades medicinales, pero sin contar con habilitación sanitaria para esa actividad específica, otro de los elementos considerados en el expediente.