La Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes, a través de la Subsecretaría de Ambiente, aprobó hoy una resolución que actualiza los procedimientos para la obtención de la Licencia de Configuración Ambiental (LCA), requisito obligatorio para la homologación de vehículos automotores en el país. La medida, publicada en el Boletín Oficial, busca modernizar la normativa vigente e incorporar estándares internacionales en materia de control ambiental.

La Resolución 546/2025 establece que, además de los laboratorios acreditados en la Argentina, también se podrán presentar protocolos de ensayo emitidos por organismos reconocidos en el exterior. Entre ellos se incluyen laboratorios acreditados en Brasil, Chile, Japón y Estados Unidos, así como los pertenecientes a la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE/ONU).

La norma también reorganiza los registros de licencias ambientales, que ahora estarán diferenciados para vehículos livianos, pesados y motores, e incorpora una base de datos pública con toda la información sobre las licencias otorgadas.

En materia económica, la resolución fija un derecho de tramitación de 940 Unidades Retributivas por cada certificado emitido y de 212 para las extensiones, valores que deberán ser abonados por las terminales automotrices o importadores que soliciten la certificación de emisiones gaseosas, sonoras, electromagnéticas o de eficiencia energética.

Por otra parte, la medida deroga resoluciones previas que habían quedado en desuso, con el objetivo de simplificar el marco normativo y adecuarlo a los estándares internacionales que regulan la industria automotriz.

Con esta actualización, el Gobierno busca fortalecer los mecanismos de control ambiental aplicados a los vehículos que circulan en el país y garantizar que las unidades nuevas cumplan con los niveles de emisiones permitidos.