El Gobierno modificó el régimen de inversiones para la actividad minera con el objetivo de reducir la burocracia y mejorar el control sobre los proyectos. Mediante el Decreto 449/2025, se transfirió la gestión del Banco Nacional de Información Geológica al Servicio Geológico Minero Argentino y se simplificaron los requisitos para obtener el certificado de estabilidad fiscal. Además, las empresas deberán presentar un informe técnico independiente junto con su declaración anual. La medida busca modernizar el sistema y acelerar inversiones en sectores como el litio, el cobre y el oro.

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El Gobierno reformó el régimen de inversiones mineras para simplificar trámites y fortalecer los controles

El Poder Ejecutivo dispuso modificaciones al régimen de inversiones mineras mediante el Decreto 449/2025, publicado en el Boletín Oficial, con el objetivo de agilizar procesos administrativos, reasignar funciones estatales y reforzar los mecanismos de fiscalización. Los cambios alcanzan a las leyes 24.196 y 24.466 y se enmarcan en la Ley Bases, que habilita reformas estructurales para optimizar la gestión pública.

Entre las principales medidas, se estableció que el Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR), organismo descentralizado bajo la órbita del Ministerio de Economía, será el nuevo encargado de administrar el Banco Nacional de Información Geológica, tarea que hasta ahora cumplía la Secretaría de Minería. Esta modificación apunta a evitar la superposición de funciones y mejorar la disponibilidad de datos técnicos a nivel nacional.

Asimismo, se simplificaron los requisitos para obtener el certificado de estabilidad fiscal, al eliminar la obligación de detallar la carga tributaria vigente en cada jurisdicción. A partir de ahora, bastará con indicar la fecha de presentación del estudio de factibilidad, que será el punto de referencia para determinar los beneficios fiscales aplicables.

Con el objetivo de reforzar la transparencia y la calidad técnica, el nuevo régimen exige a las empresas que presenten anualmente un informe elaborado por un profesional independiente junto con su declaración jurada. A su vez, la Secretaría de Minería basará sus controles exclusivamente en la información remitida por los titulares de los proyectos, sin requerir datos adicionales a otras jurisdicciones.

Las modificaciones impactan directamente sobre las empresas inscriptas en el régimen de inversiones y responden a la necesidad de atraer capitales en sectores clave como el litio, el oro y el cobre, en un contexto de creciente demanda internacional.