El Gobierno bonaerense oficializó esta noche la adecuación provincial a las restricciones dispuestas por el presidente Alberto Fernandez mediante el DNU 235-2021 hasta el 30 de abril para minimizar los contagios de coronavirus.

Lo hizo a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial del distrito, en el que dispuso que los distritos que se encuentran en Fase 3 -aquellos en donde se registran mayor cantidad de contagios- deberán cerrar sus locales de gastronomía de 23 a 6; se prohibió circular desde las 0 a las 6; y un cierre de comercios en general desde las 20 a las 6 de la mañana.

Los municipios que se hallan en Fase 5 tendrán una restricción horaria entre las 2 y las 6; mientras que en los 79 distritos bonaerenses que se encuentran en Fase 4 esa limitación será entre 0 y 6.

En la medida, se facultó al Jefe de Gabinete y a la Directora General de Cultura y Educación, de manera conjunta, «a suspender en forma temporaria las clases presenciales, así como a reiniciarlas, en función de la evaluación del riesgo epidemiológico, de conformidad con la normativa vigente».

«En aquellos casos en que resulte necesario disminuir la circulación de personas con el fin de evitar la propagación del virus SARS-CoV-2 y sus variantes, se deberán implementar políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos educativos con modalidades presenciales”, sostiene uno de los artículos del decreto.

Respecto de la circulación, que está vedada entre las 0 y las 6 horas, el decreto de Kicillof permite a la Provincia extender esa prohibición hasta un máximo de 10 horas.

“Facultar al Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros, en atención a las condiciones epidemiológicas, a disponer la ampliación del horario establecido en el artículo 18 del decreto nacional N° 235/21, siempre que el plazo de restricción de circular no supere el máximo de diez horas”, señala otro de los artículos del decreto.

Otra disposición del decreto dictado por Kicillof y su gabinete es mucho más abarcativo. Y permite directamente disponer medidas más duras respecto al funcionamiento de distintas actividades que hoy están autorizadas en las diferentes comunas.

Así, se dispone que el Ejecutivo podrá adoptar “disposiciones adicionales a las dispuestas en el Decreto Nacional N° 235/21, focalizadas, transitorias y de alcance local, con el fin de mitigar en forma temprana los contagios por COVID-19 respecto de los partidos de riesgo epidemiológico alto o medio”.