La Corte Suprema de la Nación escuchó los argumentos de los representantes legales de Farmacity y de la provincia de Buenos Aires en torno del reclamo de la cadena de farmacias para instalarse en territorio bonaerense, posibilidad que no está permitida por ley en la provincia para las sociedades anónimas.
En primer lugar, expusieron los representantes de Farmacity, el apoderado Gabriel Bouzat y la directora de asuntos jurídicos de la empresa, Andrea Gualde.
Farmacity solicitó instalarse en el partido de Pilar y esto fue rechazado por el gobierno provincial, y a partir de allí recorrió todas las instancias de reclamo judicial, con resultado negativo, y es por esto que interpuso un recurso extraordinario ante la Corte Suprema.
La compañía expuso que la facultad de regular la propiedad de farmacias corresponde al Congreso de la Nación y que ya rige una norma nacional en tal sentido que autoriza a cualquier persona física o jurídica a ser titular de farmacias.
“La presencia de un profesional farmacéutico al frente de la farmacia es lo que garantiza el derecho a la salud, independientemente de si es o no propietario del establecimiento. En Farmacity, la gestión de las farmacias está a cargo de un farmacéutico y en cada farmacia hay un Director Técnico responsable y farmacéuticos auxiliares registrados ante el regulador. Cada uno está individualizado y es autónomo y responsable de las decisiones sanitarias que debe tomar, como sucede en cualquier farmacia. De esta forma, nuestro equipo de más de 600 farmacéuticos y 300 estudiantes de farmacia presta un servicio de calidad, conforme a la ley, humano y responsable”, afirmó Andrea Gualde, Directora de Asuntos Jurídicos e Institucionales de Farmacity.
Desde la otra parte se considera que el medicamento es considerado por la ley provincial 10.606 un bien social y se entiende en dicha norma que un profesional farmacéutico, y no una sociedad anónima, es el único que puede asegurar una dispensa responsable del producto, además de garantizar una instalación geográfica que no atienda exclusivamente a criterios comerciales.
Por otra parte, la empresa alegó que la prohibición a las Sociedades Anónimas (S.A.) para ser propietarias de farmacias es discriminatoria, dado que en la Provincia de Buenos Aires ya existen 4.028 sociedades anónimas dedicadas a la salud tales como clínicas, geriátricos u hospitales, además del 65% de los laboratorios que están radicados en la provincia.
De las 16.817 farmacias existentes en la Argentina, sólo el 1,4% son Farmacity, y cada una emplea, en promedio, a 25 personas. En la Ciudad de Buenos Aires, donde Farmacity cuenta con 147 farmacias, su participación es del 8,8% del total, aseguró la empresa en un comunicado.
La audiencia estuvo encabezada por los ministros Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, y no fueron de la partida el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, y el ministro Horacio Rosatti, por haberse excusado de intervenir.
Lorenzetti puso especial énfasis, en las preguntas que formuló a los representantes de Farmacity, en si existían normativas internas que garantizaran que la decisión final fuera del profesional a cargo y si bien la doctora Gualde insistió en que había «prácticas» en ese sentido, no citó un protocolo interno que la empresa tuviera estandarizado.
Por su parte, la presidente del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires, María Isabel Reinoso, rechazó los argumentos de la empresa y aseguró que «no es cierto que el farmacéutico puede comprar los medicamentos que quiera», y dijo que las compras de la cadena se deciden en centros de distribución.
Terminada la exposición de la empresa, llegó el tuno del fiscal del Estado provincial, Hernán Rodolfo Gómez, que evaluó que la empresa reiteró los argumentos vertidos en todas las instancias judiciales anteriores que le fueron contrarias.
Gómez fundamentó que la ley 10.606 es parte de una política sanitaria, que entiende a la farmacia dentro del sistema de salud y que «lo que se protege es el derecho a la salud y el acceso a los medicamentos y la mejor vía es que las farmacias estén en manos de farmacéuticos».
La ministra Highton de Nolasco consultó al fiscal si consideraba que esos derechos se negaban en la ciudad de Buenos Aires, que sí permite las farmacias en manos de sociedades anónimas, a lo que Gómez respondió que se tratan de «realidades socio-económicas diferentes».
«¿Pero no hay más afán de lucro en un propietario que en un empleado?», cuestionó Highton y Gómez devolvió que en Farmacity «si bien el director le directo técnico se ocupa de la farmacia, no tiene manejo administrativo y comercial».
Esta fue la segunda y última audiencia que convocó la Corte por el reclamo de la cadena, ya que la semana pasada recibió a los «amigos del tribunal» (amicus curiae), que aportaron fundamentos a favor y en contra de la pretensión de la empresa.
La ubicación geográfica de las farmacias también fue un punto de intercambio en la audiencia puesto que mientras que desde la postura contraria a su instalación en Buenos Aires se sostiene que la instalación de locales responde a un interés meramente empresario, Farmacity insiste en que la expansión de la firma en la provincia terminará distribuyendo la cadena en todo el territorio.
Como cierre de la audiencia, se presentó la representante de los farmacéuticos Reinoso, asistida por el abogado Daniel Sabsay, quienes ratificaron el espíritu de protección de la salud de la ley y cuestionaron la autonomía que conceden a los farmacéuticos que emplean.
Si bien la Corte ya anticipó las fechas en las que se pronunciará sobre temas que considera relevantes, este reclamo no fue incluido en ese listado, y al no estar exigido por plazos procesales, definirá si Farmacity puede instalarse en provincia de Buenos Aires cuando crea conveniente.