La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires (JEP) aprobó un protocolo que ratifica la obligación de los partidos políticos de reponer sus boletas ante eventuales faltantes en el cuarto oscuro durante las elecciones generales del 7 de septiembre. La medida, publicada en el Boletín Oficial, busca asegurar la correcta organización del comicio y fijar un criterio uniforme para el día de la votación.
El documento refuerza un sistema que ha estado en vigor desde el retorno de la democracia en 1983. En él se destaca que la impresión y reposición de las boletas es una responsabilidad exclusiva de las agrupaciones políticas, que reciben fondos estatales para esta tarea.
No obstante, en un esfuerzo por colaborar con el proceso, la JEP ha distribuido una «bolsa de contingencia» con boletas de todas las agrupaciones en cada centro de votación. De esta manera, si un presidente de mesa o un fiscal general no logra reponer las boletas, se podrá recurrir a esta reserva.
El protocolo también establece los pasos a seguir en caso de faltantes, e indica que la mesa no debe detener su funcionamiento. Ante la falta de boletas, se requerirá al fiscal de la agrupación que las reponga y, si no hay, se gestionará la provisión a través del delegado electoral. La normativa aclara que, si un elector avisa que faltan boletas, no se considerará un «voto cantado» y que se le devolverá el DNI para que espere la reposición o procure la boleta fuera del establecimiento.